Oct. 5, 2026

Entrevista a Luis Sanz Acosta

Entrevista a Luis Sanz Acosta
Entrevista a Luis Sanz Acosta
En casa de Herrero
Entrevista a Luis Sanz Acosta
Esmeralda Ruiz entrevista al magistrado, miembro de la Plataforma Independencia Judicial y de la Asociación Jueces Francisco de Vitoria.

0:00 Luis Sanz Acosta, magistrado, miembro de la Plataforma Cívica por la Independencia Judicial y miembro de la Asociación de Jueces Francisco de Vitoria.¿ Qué tal? Muy buenas tardes, bienvenido. Hola, buenas tardes, gracias. La primera pregunta, magistrado, que le tengo que hacer es la de¿ puede afectar al desarrollo de todos estos casos de corrupción la convocatoria de elecciones? Pienso en el asunto que más daño puede hacer al Partido Socialista y a Pedro Sánchez, que es el de la presunta financiación ilegal.¿ Podría imputar el juez al Partido Socialista...¿ En estos 54 días hasta las elecciones? Antes, por supuesto, del inicio de la campaña, claro. Legalmente, la disolución de las cámaras y la convocatoria de elecciones ni interrumpe, ni paraliza, ni suspende los procesos judiciales.

0:45 Ni en fase de instrucción, ni en fase de enjuiciamiento. Piense que si no fuera así, el Gobierno tendría un fácil instrumento para interferir en el ejercicio de la jurisdicción. La actividad, por tanto, de los juzgados y tribunales no está ni debe estar guiada por la instancia pública. Por tanto, la pregunta que formula en concreto, naturalmente que puede tomarse esa decisión. Otra cosa es que luego los jueces decidan o no tomar según qué decisiones ante el miedo de volver a ser, porque ya lo están siendo hasta ahora señalados y sobre todo y principalmente para que el gobierno los utilice en la campaña electoral. Claro, eso es otra cosa, es otro debate. Usted está hablando con un experto en derecho, con un juez, y mi respuesta legal es esa. No hay ni un solo precepto en nuestras leyes que diga que se interrumpa o que se paralice o suspenda esas actuaciones. El único elemento legal, el único efecto legal que tiene la convocatoria de las elecciones son dos. Uno, la participación de jueces en las juntas electorales. Y dos, esta sí es importante, que al disolverse las cámaras, los diputados y senadores pierden su condición de aforado, salvo los que forman parte de la Diputación Permanente. En el resto, legalmente, no hay ninguna modificación.

2:00 Ha quedado claro. Pienso también, magistrado, en el pleno de mañana, en el Tribunal Constitucional, mañana es cuando se tiene que bendecir formalmente la ley de amnistía por la que se beneficiarán todos los dirigentes líderes del golpe de 2017, principalmente Puigdemont, que está pendiente de esta decisión. Hoy ha convocado elecciones Pedro Sánchez.¿ Esto tampoco va a afectar mañana la celebración del Pleno del Constitucional? Bueno, el Tribunal Constitucional no es un órgano que forme parte del Poder Judicial. Es un órgano constitucional que tiene sus normas Pero entre sus normas, que son los artículos que le dedican la Constitución y los preceptos de la ley orgánica del Tribunal Constitucional, en ninguna de ellas encontrará usted alguna que diga que por razón de la convocatoria de elecciones se suspende o se deja sin efecto o se paraliza las actuaciones del Tribunal Constitucional. Por tanto, en estricta aplicación de la legalidad vigente, el Tribunal Constitucional mañana puede tomar esa decisión.

3:00 Perfecto. Y le pregunto por un asunto más, porque aquí también se avecina el lío en las próximas semanas y tiene que ver con la ley de nietos. Hoy ha pedido Justicia Europa urgentemente al Supremo que el censo del 29 de noviembre no incorpore las altas paralizadas por la ley de nietos. Y según la LOREG, el censo se cierra el primer día… esto es un poco enrevesado, el primer día del segundo mes antes de la convocatoria, es decir, el 1 de agosto para los comicios del día 29 de noviembre, pero el Supremo paralizó la inscripción de residentes ausentes el 10 de septiembre. Es decir,¿ esto cómo se soluciona?¿ Se avecina el lío aquí? Del censo anterior a las medidas cautelares, hay que extraer, hay que sacar a esas personas porque el Tribunal Supremo, no olvide, suspendió los efectos electorales hasta la resolución del pleito principal. Por tanto, puede haber lío, pero yo lo veo muy claro. Esta es la decisión de las cautelares y le afecta en la forma que le he dicho.

3:58 Y la última pregunta, Majestad, aunque acabamos de hablar con un letrado de las Cortes, le pregunto también por lo que mañana va a suceder en la Diputación Permanente, donde vamos a ver que el Congreso... va a votar dos veces, una vez en pleno y otra en la diputación permanente de manera contradictoria. La diputación va a corregir, va a sustituir lo que ya se ha votado en un pleno.¿ Usted cómo lo ve? A ver, el Gobierno mantiene vigente su iniciativa legislativa para la realización de decretos y leyes en periodo posterior a la disolución de las cámaras. Pero tiene que darse, incluso redoblada esa exigencia que fuera de ese periodo, causa de extraordinaria y urgente necesidad.¿ En este caso se dan? Pues desde mi punto de vista, no, porque esa misma decisión que va a adoptar mañana el Consejo de Ministros no se ha convalidado por el Parlamento hace dos o tres días.

4:57 Por tanto, aunque la Diputación Permanente es el órgano encargado de convalidar esa decisión, a mí me llama la atención que se plantee esta cuestión, porque¿ dónde está la urgente necesidad? Si hace solo tres días el Parlamento no convalidó. Esto es, desde mi punto de vista, un fraude constitucional y, además, a punto que es tanto como gobernar no ya sin el Parlamento, sino contra el Parlamento español. Esto es gravísimo, desde luego. Luis Sanz Acosta, magistrado, miembro de la Plataforma Cívica por la Independencia Judicial, miembro de la Asociación de Jueces Francisco de Vitoria, muchísimas gracias por haber atendido la llamada de este programa. Un abrazo fuerte.

5:39 Muchas gracias.