Ley Org. 2/1979 - Tribunal Constitucional
Ley Orgánica 2/1979 - Tribunal Constitucional
0:00 Muy buenas. En el vídeo de hoy vamos a ver la Ley Orgánica del Intérprete Supremo en la Constitución. Hoy le toca la Ley Orgánica dos de 1979, de 3 de octubre del Tribunal Constitucional. Este tipo de normas requieren de un previo repaso a la Constitución para saber de dónde venimos. ¿Dónde estaba todo esto? En el título 9, Tribunal Constitucional. Que había ahí 12 miembros nombrados por el rey y ellos eran propuestos cuatro por el Congreso, con la mayoría de 3/5, cuatro por el Senado, con una mayoría de 3/5, dos por el Gobierno, dos por el Consejo del Poder Judicial, todos ellos magistrados, fiscales, profesores, etcétera, con más de 15 años en el ejercicio profesional. Nombramiento de estos magistrados 9 años. Se renueva el Tribunal Constitucional, por supuesto, por terceras partes cada 3 años, o sea, cuatro miembros cada 3 años. Estos magistrados son independientes e inamovibles y la condición de miembro del Tribunal Constitucional es incompatible con todo, teniendo las mismas incompatibilidades propias que los miembros del Poder Judicial. El Presidente elegido de entre sus miembros y es nombrado por el rey por un periodo de 3 años.
1:06 El Tribunal Constitucional, además tiene jurisdicción en todo el territorio español. Conoce del recurso de inconstitucionalidad que lo pueden interponer el Presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, 50 diputados, 50 senadores, órganos colegiados ejecutivos de las Comunidades Autónomas y las asambleas legislativas de las Comunidades Autónomas. También conoce la cuestión de inconstitucionalidad del recurso de amparo, que lo podía interponer toda persona natural o jurídica que invoque un interés legítimo, el Defensor del Pueblo y el Ministerio fiscal, también de los conflictos entre el Estado y de las Comunidades autónomas o conflictos de las comunidades Autónomas entre sí, y también otras que le establezca la Constitución o esta Ley Orgánica.
1:47 Y ya por último, como repaso, la sentencia del Tribunal Constitucional se publica en el Boletín Oficial del Estado. ¿Tienen el valor de cosas juzgadas y contra ellas cabe algún tipo de recurso? No, no cabe ningún tipo de recurso contra la sentencia del Tribunal Constitucional, pues ya está información para llenar un saco y cumple con la mayoría de preguntas que nos pueden caer sobre el Tribunal Constitucional en un examen de posición. Bien, pero es que tenemos una Ley Orgánica y tenemos que ampliar conocimientos, así que vamos a ello. Tribunal Constitucional, intérprete supremo de la Constitución independiente, único en su orden, jurisdicción en todo el territorio nacional y sólo está sometido a la Constitución y a esta Ley Orgánica. Está integrado por 12 miembros con el título de magistrado del Tribunal Constitucional, que serán nombrados por el rey a propuesta de las cámaras, Gobierno y Consejo General Poder Judicial.
2:41 Entre ciudadanos españoles, magistrados, fiscales, profesores de Universidad, funcionarios o abogados, todos ellos de reconocida competencia con más de 15 años en el ejercicio profesional y como era, volvemos a la consti cuatro del Congreso, con una mayoría de 3/5, cuatro del Senado, mayoría de 3/5 dos Gobierno, dos Consejo del Poder Judicial, garantizando un principio de presencia equilibrada. Designación de estos magistrados 9 años y se renuevan por terceras partes cada 3 cuatro miembros. Ningún magistrado puede ser propuesto para otro periodo inmediato en el Tribunal Constitucional unos 9 años no pueden volver a ser otros 9, salvo cuidado, que haya ocupado un puesto menos de 3 años. Ahí sí que puede ser otra vez propuesto para otro mandato, a partir de cada renovación parcial que tenemos en el Tribunal Constitucional, que la renovación parcial era cada 3. ¿Años se hace una elección de Presidente y de Vicepresidente, cómo se hace esto en una votación secreta para la elección?
3:46 Es la primera votación que hace falta para ser presidente, una mayoría absoluta. Bien, si nadie consigue mayoría absoluta dentro de esa votación, entonces repetimos votación. ¿Quién gana ahora para ser Presidente el que consiga el mayor número de votos, mayoría simple, de entre los que están ahí en votación secreta? ¿Qué ocurre si hay empate? Pues se vuelve a votar. Tercera votación. ¿Quién consigue ser presidente? El que consiga mayoría simple, pero es que puede haber un empate en la tercera votación, si puede haber empate en la tercera votación. ¿Y esto ya es cachondeo, qué hacemos aquí si hay empate en la tercera votación? Pues se escoge de entre los empatados al miembro de mayor antigüedad dentro del Tribunal Constitucional, y si los dos empatados tienen la misma antigüedad. Pues ya cogemos al más mayor, al de mayor edad y se propone al rey para su nombramiento.
4:39 Y ya lo tendríamos mayoría absoluta si no se consiguen mayoría simple, si no se consigue porque hay empate 1/3 votación y si vuelve a haber empate en la tercera votación al miembro de mayor antigüedad en el Tribunal Constitucional. Y si también son iguales al de mayor edad y ya rey y nombramiento, mismo proceso para el Vicepresidente. ¿Cuánto tiempo es la duración del Presidente? 3 años, pero puede ser reelegido por una vez más. Solo una vez más hay posibilidad de una reelección. El Presidente y los demás magistrados, al asumir el cargo, tienen que pues jurar y prometer qué van a hacer, guardar y hacer, guardar fielmente y en todo tiempo la Constitución española, lealtad a la corona y cumplir con deber el derecho de magistrado del Tribunal Constitucional.
5:26 Eso es más o menos lo que tiene que decir. ¿Si son funcionarios de carrera los magistrados del Tribunal Constitucional, a qué situación administrativa van a pasar a la situación de servicios especiales mientras estén ocupando el cargo? ¿Ejercen esas funciones bajo unos principios de imparcialidad y dignidad? No pueden ser perseguidos, son inamovibles y no pueden ser destituidos ni suspendidos, salvo lo que se establece en esta ley. Bien, pues ya tenemos nombramiento, cómo llegan, presidente, Vicepresidente, etcétera. Causas de cese como magistrado del Tribunal Constitucional, pues tenemos este listadito. Las dos primeras renuncia y expiración del mandato, así como el fallecimiento, van a ser decretadas por el presidente del Tribunal Constitucional. El resto, dependiendo cuales sean, o sea según los casos, pues va a ser por mayoría simple o 3/4 partes de los miembros. Además, también los.
6:23 Miembros del Tribunal Constitucional. Ese cargo que están ejerciendo es incompatible con este pequeño listadito vale, o sea, incompatible con casi todo algo sencillo. ¿Una pregunta, ante quién se exige la responsabilidad criminal de los magistrados del Tribunal Constitucional ante la sala de lo Penal del Tribunal Supremo? ¿Ojo, solo ante la sala de lo Penal del Tribunal Supremo? Bien. Posible pregunta de saber, los magistrados no están solos como tal, no solo son los 12, hay más personal al servicio del Tribunal Constitucional, tenemos el Secretario General que es elegido por el Pleno y nombrado por el Presidente, tenemos letrados dentro del Tribunal Constitucional que son del subgrupo a 1 que son licenciados en derecho.
7:12 Si son funcionarios van a estar en servicios especiales, por supuesto, y para llegar a ser letado del Tribunal Constitucional se puede llegar por un concurso, oposición o elegidos libremente. Sí que es verdad que tenemos una disposición adicional que dice que si son por. En concurso oposición el número máximo es 16 y también están con el Tribunal Constitucional Secretarios de Justicia y también funcionarios y también laborales que están adscritos. ¿Vale composición? Pues ya lo tenemos ahora. Funcionamiento del Tribunal Constitucional. ¿Cómo funciona el Tribunal Constitucional, cómo actúa? Actúan pleno en salas y en secciones Pleno todos los magistrados, los 12. Salas, hay dos salas, primera sala y segunda sala, 6 magistrados por sala se dividen la mitad. El presidente del Tribunal Constitucional va a presidir la primera sala y el Vicepresidente va a presidir la segunda sala. Y ahora ya por último, que nos quedaban las secciones que están compuestas por 3 personas, un presidente y dos magistrados. 1263, Pleno sala, sección las secciones. Los de 3 se encargan del despacho ordinario del Tribunal y de la decisión o de la propuesta de admitir o inadmitir todos los procesos constitucionales que le llegan a ellos.
8:27 O sea, primero pasa por las secciones y luego ya veremos si va escalando, si se admite o no, ya veremos a quién le toca. ¿Vale, competencias, atribuciones que se le pueden poner al Tribunal Constitucional? Hay que tener claro. Que antes de conocer las competencias del Tribunal Constitucional tenemos que saber que la mayoría de ellas le corresponden al Pleno. Casi todas las competencias asignadas al Tribunal Constitucional le corresponden al Pleno. El Pleno puede adoptar acuerdos cuando estén presentes al menos 2/3 de los miembros que lo compongan en ese momento.
9:11 O sea, he remarcado varias cosas, vale acuerdos 2/3 al menos 2/3 en ese momento. ¿O sea, por qué en ese momento? Porque pueden haber bajas, ceses, suspensiones, etcétera. Y 2/3 muy pregunta de examen para un acuerdo. ¿En casos normales, cuánto sería al menos 8000? ¿Misma mayoría? Para adoptar acuerdos en las salas 2/3, 2/3 en el Pleno, 2/3 en las salas, pero recordamos que las salas son 6 miembros, o sea que al menos 4 miembros y luego las secciones con que haya dos votos a favor. Perfecto. Y si hay empate, pues ya es necesario que vote el tercero. Y dentro de todo este maremagnum, simplemente hay que recordar que el presidente del Tribunal Constitucional es el que representa al tribunal, lo preside el convoca el Pleno y otras serie de condiciones que tiene la iniciación. Que tenemos para trabajar con el Tribunal Constitucional para presentar ese tipo de recursos, de cuestiones, etcétera. Tiene que hacerse por un escrito fundado donde se va a fijar con precisión y claridad todo lo que se solicita para comparecer ante el Tribunal Constitucional.
10:24 Las personas físicas y jurídicas como nosotros tenemos que ir conferir. Su representación a un procurador y actuar bajo la dirección de un letrado vale cuidado. Personas físicas o jurídicas para comparecer ante el Tribunal Constitucional confieren su representación a un procurador y actúan bajo la dirección de un letrado. Aunque si eres licenciado en Derecho puedes comparecer por ti mismo, que ahí aparece la ley. El procedimiento ante el Tribunal Constitucional es gratuito. Genial. Pero la gente que te tiene que acompañar vale que es el procurador y el letrado. Igual no tanto puede acumular procesos, sí puede acumular procesos del Tribunal Constitucional. La decisión va a ser en forma de sentencia y se va a publicar en el Boletín Oficial del Estado dentro de los 30 días siguientes al fallo.
11:10 Y los poderes públicos, por supuesto, están obligados al cumplimiento de lo que resuelva el Tribunal Constitucional. Y este también va a velar por el cumplimiento efectivo de sus resoluciones y. ¿Contra las resoluciones del Tribunal Constitucional cabe recurso alguno? No, no cabe ni lo pienses, aunque sí que le puedes solicitar una aclaración en el plazo de 2 días para que te amplíe información. Le puedes proponer cuestión de jurisdicción o competencia al Tribunal Constitucional. ¿O sea, puedes decirle que eso que está revisando de la Constitución no le corresponde? Pues no, por supuesto que no tampoco. ¿Entonces, las resoluciones del Tribunal Constitucional pueden ser enjuiciadas por otro órgano del Estado? No, evidentemente, no por ninguno. El Tribunal Constitucional es tope de gama en lo suyo. Contra sus resoluciones no cabe recurso, no se le puede promover cuestión de jurisdicción o competencia, y tampoco sus resoluciones pueden ser enjuiciadas por otro órgano. ¿Y todo esto por qué?
12:24 ¿Porque es el intérprete supremo único en su orden, the Master of the universe de la Constitución ya de qué conoce el Tribunal Constitucional? ¿Cuáles son sus competencias? ¿De qué conoce? Del recurso de inconstitucionalidad y de la cuestión de inconstitucionalidad. Bien tenemos estas dos vías para una declaración de inconstitucionalidad que puede promoverse por recurso o por cuestión. Contra qué se puede presentar el recurso de inconstitucionalidad o la cuestión de inconstitucionalidad contra leyes orgánicas, artículo 81 de la Constitución y otras que se especifiquen en la misma. Contra leyes ordinarias o normas con fuerza de ley, contra tratados internacionales del artículo 93 a 96 de la Constitución, contra el Reglamento de las Cámaras o reglamento de las Cortes, si lo hubiere, que no lo hay, contra los reglamentos de las cámaras, contra leyes de las comunidades autónomas o normas o actos con fuerza de ley de las Comunidades Autónomas, y también contra los reglamentos de la Asamblea Legislativa de las Comunidades Autónomas. Ahí es cuando el Tribunal Constitucional puede admitir el recurso o la cuestión de inconstitucionalidad, aunque le admita el recurso de la Constitución. No se suspende como tal.
13:46 La vigencia o la aplicación de la ley vale se mantiene en vigor, salvo que sea el Gobierno el que impugne contra una resolución o un acto de una Comunidad Autónoma. Gobierno contra la resolución o acto de una Comunidad Autónoma. Ahí sí se suspende. Artículo 16112 de la Constitución. En este caso, el Tribunal Constitucional tiene 5 meses para ratificar ese suspenso o levantarlo como norma general, el recurso de la cuestión de inconstitucionalidad no suspende la ley no suspende la norma, salvo que sea el Gobierno contra las Comunidades Autónomas por recordar cuál es la diferencia entre el recurso de inconstitucionalidad y la cuestión de inconstitucionalidad si ambas se presentan contra lo mismo.
14:33 Pues a ver si te suena. ¿Quiénes están legitimados para interponer el recurso de inconstitucionalidad? El Presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, 50 diputados, 50 senadores, los órganos colegiados de las Comunidades Autónomas y asambleas legislativas de las Comunidades Autónomas. ¿Desde cuándo pueden hacerlo? En un plazo de 3 meses desde la publicación de la norma y mediante demanda. ¿Sí que es verdad que hay excepciones que se pueden poner un plazo de 9 meses, pero solo esas excepciones les compete al Presidente del Gobierno y a los órganos colegiados ejecutivos de las Comunidades Autónomas, vale? O sea, recurso 3 meses de publicación, demanda Presidente Defensor del Pueblo, 50 diputados, 50 senadores, órganos colegiados ejecutivos de las Comunidades Autónomas y asambleas legislativas de las Comunidades Autónomas. No se nos olvida porque esto no lo preguntan mucho en el examen recurso. ¿Ahora cuál era la otra cuestión de inconstitucionalidad? ¿Aquí quién lo hace la diferencia, jueces y magistrados contra qué?
15:24 Contra algo muy parecido que ya sabemos contra normas de rango de ley. Que se apliquen al caso normal de rango ley pueden ser orgánicas u ordinarias, aplicables al caso y de cuya validez va a depender el fallo. Se plantea en ese momento la cuestión de de constitucionalidad, pero cuando a concluso el procedimiento y antes de dictar la sentencia, ahí es cuando jueces y magistrados presentan la cuestión de inconstitucionalidad. El proceso, el proceso judicial sí que queda en suspenso hasta que el Tribunal Constitucional resuelve bien. Pues ya no hace falta nada más en este caso. Bueno, tanto el recurso como la cuestión de inconstitucionalidad cuando la resuelve el Tribunal Constitucional, pues algo que ya sabemos tienen el valor de cosa juzgada, vincula los poderes públicos y produce efectos desde la publicación en el Boletín oficial del Estado perfecto.
16:17 Otra competencia del Tribunal Constitucional es el recurso de amparo. ¿Para qué nos vale el recurso de amparo? Pues para restablecer o preservar esos derechos o libertades que tenemos reconocidos en la Constitución. Entre qué artículos, recurso de amparo 14 a 29 y 30.2 objeción de conciencia. ¿Por qué? Porque hayan podido ser vulnerados por una disposición, un acto jurídico, una omisión, una vía De hecho o por lo que sea de los poderes públicos, de los funcionarios o de sus agentes. Para eso sirve el recurso de amparo. ¿Y dependiendo de donde venga la vulneración, hay un plazo para interponer este recurso? Claro. Y es que aquí ampliamos información con la Ley Orgánica, dependiendo de donde venga hay plazo si es un acto sin fuerza de ley de las Cortes o de la asambleas legislativas de las Comunidades Autónomas. Tenemos 3 meses para presentar ese recurso. Amparo, si es un acto u omisión inmediato y directo de un órgano judicial.
17:12 Tenemos 30 días. Y si es porque ya has finalizado un proceso administrativo y judicial precedente por todo, y aún así sigue vulnerado este tipo de derechos, pues tenemos 20 días para presentar este recurso. Amparo. ¿Quiénes están legitimados para interponer el recurso? Amparo, pues según la Constitución, artículo 160 y 1 2 b era toda persona natural o jurídica que invoca un interés legítimo, Defensor del Pueblo y el Ministerio fiscal. Según la Ley Orgánica varía un pelín vale, nada, muy poco. Primer caso, actos sin fuerza de ley. Se mantiene igual persona natural jurídica que invoque un interés legítimo defensor del problema. Ministerio Fiscal.
17:57 El resto de los casos, cuando ha habido proceso judicial por medio, quiénes están con la posibilidad de presentar ese recurso de amparo es. Quiénes hayan sido parte del proceso judicial es la única variación. Quien haya sido parte del proceso judicial, el Defensor del Pueblo y el Ministerio fiscal. Vale, estos dos se mantienen siempre, o sea que dependiendo de donde venga también la pregunta en el examen Constitución o Ley Orgánica vamos a tener que afinar un poquito más la respuesta o no, porque lo normal es que sea una persona natural jurídica que invoque un interés legítimo, como casi todos los casos. Y si viene así de la Constitución y si viene a la Ley Orgánica, tenemos esos 3 casos. 3 meses, 30 días, 20 días. Y si ha sido parte de un proceso judicial, los el segundo y la y el tercer caso es quien haya sido parte de ese proceso. Defensor del Pueblo.
18:43 Ministerio Fiscal el recurso de amparo se inicia por demanda. Cuidado con lo que viene ahora. Al principio hemos comentado que la mayoría de las competencias del Tribunal Constitucional se encargaba el Pleno. Pues fíjate, el recurso amparo originalmente le corresponde o se encargan las salas o las secciones, preguntita examen, si nos hablan sobre la Ley Orgánica, vale recurso, amparo, originalmente salas y secciones, así como detalle la sentencia en 10 días, una vez terminado todo el proceso, no suspende tampoco el acto o la o o lo que se haya impugnado. ¿Si te conceden el amparo constitucional por esa vulneración de derechos o libertades y puede haber una posible indemnización, qué plazo tienes para indemnización? Pues como la responsabilidad patrimonial, mira qué fácil te lo pongo 1 año vale.
19:45 Si hay posible indemnización por amparo constitucional tienes 1 año para solicitarla, ya está. Seguimos con. Otra competencia que es la declaración constitucional de los de la constitucionalidad de los tratados internacionales. Aquí el Gobierno o cualquiera de las cámaras contra un tratado internacional definitivo, pero que todavía no se le ha dado el consentimiento de Estado. Aquí se le puede solicitar al Tribunal Constitucional la existencia o inexistencia de contradicción con la Constitución. Artículo 95 de la Constitución. Vale, o sea, que el Tribunal Constitucional revise ese tratado internacional. Pues cuando se pronuncie el Tribunal Constitucional hará una declaración. Y esta declaración es vinculante, declarando si hay contradicción o no, ya está.
20:33 No hace falta más. Otro pasito más que ya no queda mucho recurso previo de inconstitucionalidad contra proyectos de Estatuto de Autonomía o propuesta de reforma. Ahora mucho más lo segundo que lo primero. Ya no hacemos autonomías nuevas, pero sí reformamos sus competencias. Vale, ahí tenemos un recurso previo de inconstitucionalidad contra estas posibles reformas, contra texto definitivo, ya no, o contra la propuesta de reforma 3 días desde la publicación y se suspende automáticamente el trámite aquí. Sí que debe resolverse en 6 meses. Si se declara inconstitucional algún precepto de esta reforma, sobre todo, no se puede continuar el procedimiento hasta que se haya modificado el mismo, ya está.
21:21 Una más conflicto de atribuciones que esta molaba. ¿Conflicto de atribuciones entre quién? Conflicto de atribuciones de competencias y asignaciones directas. Un poquito más de lo que nos viene en el artículo 160 y 1 1 C de la Constitución. Ampliamos un poco. Vamos directamente a la Ley Orgánica entre el Estado y una o más comunidades autónomas. Entre 2 Comunidades autónomas o más entre sí. El Gobierno con el Congreso, el Gobierno con el Senado, el Gobierno con el Consejo del Poder Judicial, el Consejo General del Poder Judicial o desde estos entre sí, o sea, jarana completa gobierno, congreso, Senado, Consejo del Poder Judicial. También puede haber un conflicto en defensa de la autonomía local cuando Estas son afectadas por normas estatales o normas de las comunidades autónomas con rango de ley, en este caso cuando ocurre.
22:17 Todo este compendio y de esta escala el Tribunal Constitucional se convierte en lo más parecido al pacificador del patio de colegio. No pelearse, ya resuelvo yo vale tal cual constitucional. El Tribunal Constitucional revisa y ya bien este apartado. Fíjate, no lo he visto preguntado habitualmente. En los exámenes va desde los artículos 59 a 65 quinquíes. O sea, yo te recomiendo aquí una leída por si acaso. Aun así te dejo parte en el en el resumen que te preparo. Pero algo que yo creo importante ya por curiosidad, es la diferencia entre un conflicto positivo y un conflicto negativo entre competencias entre todos estos órganos positivo, conflicto positivo cuando dos entidades o más. Pretenden tener la competencia del asunto, esa competencia es mía, tú no te tienes que encargar o todo lo contrario. Conflicto negativo, vale, dicen que esa competencia es tuya. A mí no me asignes ese marrón sape sape, olvídate. ¿Conflicto positivo quieres tener la competencia conflicto negativo, no quieres saber nada de esa competencia? Bien último truco, el Tribunal Constitucional también se encarga de la.
23:36 Impugnación de las disposiciones sin fuerza de ley y las resoluciones de las Comunidades Autónomas. 161 1 de otra Constitución. ¿Aquí qué? ¿Tenemos dos meses desde la publicación o el conocimiento? Si es el Gobierno contra algo de las Comunidades Autónomas, sí que hay suspensión y el plazo de 5 meses para ratificar o levantar, como hemos comentado antes. ¿Y todo esto se resuelve en el plazo de 15 días, una vez terminado todo el proceso, vale? Ya está, ese es el impugnación de disposiciones sin fuerza de ley o resolución de las Comunidades Autónomas. Ya estaría. ¿Vídeo denso, EH? Vamos al resumen, pero Fíjate el resumen, te vas a dar cuenta de que tienes todo mucho más claro de lo que piensas sobre el Tribunal Constitucional.
24:25 ¿Quién es el intérprete supremo? Independiente y único en su orden. De qué conoce del recurso y de la cuestión de inconstitucionalidad, del recurso de amparo que iba a las salas o a las secciones de conflictos entre órganos constitucionales de conflictos en defensa de la autonomía local y otras tantas más. ¿Por quién estaba compuesto el Tribunal Constitucional? Por 12 miembros con el título de magistrado del Tribunal Constitucional, cuatro por el Congreso, mayoría de 3/5, cuatro por el Senado, mayoría de 3/5, dos Gobiernos, dos Consejo del Poder Judicial. Todos ellos con más de 15 años en ejercicio profesional, por cuanto 9 años renovables por terceras partes cada 3 años. Cuatro personas el Presidente en votación secreta. Duración del Presidente en nombramiento, 3 años. Posibilidad de una reelección.
25:10 ¿Qué teníamos? ¿Pleno sala secciones, 1263 acuerdos, al menos 2/3 de los miembros que haya en cada momento, 2/3 pleno 2/3 sala, dos personas en las secciones y si no se ponen de acuerdo el voto de la tercera, si son funcionarios de carrera los magistrados del Tribunal Constitucional, cómo van a estar? ¿En qué situación administrativa? ¿Servicios especiales si se portan muy mal? ¿Hay responsabilidad criminal ante quién? Ante la sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Además, su cargo es incompatible con todo y ya ya está, no nos dejamos nada o creo que no nos dejamos nada, buen vídeo, largo, mucha información y mucho que asimilar, te preparo material de estudio y material de trabajo, por supuesto el podcast y para todo lo demás ya lo sabes, tenemos testea.
26:04 Te veo en el próximo vídeo hasta otra.
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