March 1, 2026

Ley 38/2003, General de Subvenciones | Versión unificada

Ley 38/2003, General de Subvenciones | Versión unificada
Ley 38/2003, General de Subvenciones | Versión unificada
OPOSITAR ES DE VALIENTES por Paco Barbié
Ley 38/2003, General de Subvenciones | Versión unificada

📑➡️Resumen en PDF❎➡️Test de esta ley

0:03 Ley General de subvenciones. Título preliminar. Disposiciones generales muy buenas. En el vídeo de hoy vamos a comenzar con la Ley 38 2003 de 17 de noviembre. Ley General de subvenciones. La normativa está bastante bien estructurada, así que salvo en contadas ocasiones, vamos a seguir su orden, que es ámbito, aplicación, disposiciones comunes, procedimiento de concesión y gestión, procedimiento de reintegro, control financiero e infracciones y sanciones. Como iniciamos normativa nueva, toca saber sujeto cuál es el objeto de la Ley General de subvenciones. La regulación del régimen jurídico general de subvenciones otorgada por la Administración General del Estado, norma que se dicta el amparo de la Constitución española, artículo 149, apartado 1/13, 14ª y decimo octava.

0:56 Damos un salto al artículo 5 y ahora volvemos. ¿Cuál es el régimen jurídico de las subvenciones? ¿Que normas regulan las subvenciones? Principalmente esta ley, ley 38 2003, general de subvenciones, también su normativa de desarrollo, como el Real Decreto 887 2006, las leyes de las Comunidades Autónomas, cada una la suya, las restantes normas de Derecho Administrativo, principalmente la Ley 39 2015 y la 40 2015, aunque si nos encontramos en administraciones locales también podemos encontrarnos ordenanzas, decretos, etcétera y alguna otra cosa. Y en defecto de todas ellas, a quién normas de Derecho. Privado, o sea, ley 38 2003, normativa de desarrollo, leyes de las Comunidades autónomas, resto de normas de Derecho Administrativo y en su defecto, Derecho privado, y si son subvenciones financiadas con cargo a fondos de la Unión Europea, pues estas se van a regir por sus normas comunitarias que les afecten directamente y por la normativa Nacional de Desarrollo o de transposición de esas normas comunitarias.

1:58 ¿Qué entiende esta ley? 38 2003 por 1 administración pública. ¿Qué es una administración pública para la ley de subvenciones? Pues, por ejemplo, podría ser la Administración General del Estado, toda la Administración General del Estado, esa administración pública, la administración de las Comunidades Autónomas, esa administración pública, las entidades locales que integran la administración local. También es administración pública. Concepto de subvención, pero mucho cuidado con la palabra. Subvención, sobre todo de cara a los supuestos prácticos, porque nos van a intentar engañar o confundir con esa palabra y podemos encontrarnos como una ayuda. ¿Qué es una subvención, una beca?

2:40 ¿Qué es una subvención, cooperación o asistencia económica u otras? Vale, cuidado de cara a los supuestos prácticos, porque cuando identificamos qué es una subvención nos regimos por la Ley 38 2003, su normativa de desarrollo y no por el procedimiento administrativo general, vale. Ayuda, beca a cualquier otra fórmula que se le ocurra al tribunal o a la Comisión Permanente, pero eso es una subvención, por tanto subvención. Concepto de subvención. A efectos de esta ley, qué es toda disposición dineral realizada por una administración pública a favor de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, pero cumpliendo una serie de requisitos. El primero de los requisitos es que la entrega. Se realice sin contraprestación directa a los beneficiarios, esto es, que no hay que dar nada, nada a cambio directamente, no, al principio no es un tú me das dinero, yo te doy un Infante, no, no.

3:35 Al principio, directamente la entrega se realiza sin contraprestación directa a los beneficiarios, pero eso sí, la entrega todos está sujeta a un cumplimiento de un determinado objetivo. Una ejecución de proyecto, la realización de una actividad o la adopción de un comportamiento, y todo ello cumpliendo con las obligaciones formales y materiales establecidas en las bases reguladoras de las subvenciones. Y luego el apartado tercero para una subvención sería. Que el proyecto, acción, conducta, situación o lo que sea, tenga por objeto una utilidad pública, un interés social o una promoción de finalidad pública, esas son las 3:00 H condiciones que deben cumplir las las subvenciones sin contraprestación directa, sujeta a un cumplimiento y que tenga por objeto una utilidad pública, un interés social o una promoción de finalidad pública.

4:25 Bien vamos a ver ahora 3 apartados. Muy de examen, muy de teoría de examen, muy de preguntita tipo test. Vale, el primer apartado es lo que no está comprendido dentro del ámbito de aplicación de la ley, el segundo apartado es lo que no tiene carácter de subvención y el tercer apartado serían las exclusiones de la Ley 38 2003. No está comprendido dentro del ámbito de la aplicación 38 2003 general de subvenciones. No significa que no sea una subvención, sino que no está comprendido. Que son las aportaciones dinerarias entre diferentes Administraciones Públicas para financiar globalmente la actividad de la administración de destino. Globalmente administración de destino las que se realicen entre distintos agentes de una administración cuando los presupuestos se integren en la administración a la que pertenecen y luego las aportaciones en concepto de cuota de las entidades locales hacia asociaciones para la promoción de intereses comunes, entidades locales, concepto de cuotas.

5:22 Asociaciones de intereses comunes, ya sean esas aportaciones ordinarias o extraordinarias, es el primer apartado. El segundo bloque sería lo que no tiene carácter de subvención. No tiene carácter de subvención las prestaciones contributivas y no contributivas de la Seguridad Social, las pensiones asistenciales de ancianidad a favor de españoles no residentes en España, las prestaciones asistenciales y subsidios económicos de españoles no residentes en España, prestaciones del VIHY, minusválidos, Síndrome tóxico, personas con hemofilia y otras prestaciones derivadas de las clases pasivas del Estado, pensiones de guerra o terrorismo, prestaciones reconocidas por el Fogasa, beneficios fiscales y beneficios en cotización de la Seguridad Social, texto oficial, salvo algunas excepciones, y. Económicas a víctimas de la violencia de género, víctimas de violencia sexual y ayudas y asistencias a las víctimas de delitos violentos y contra la violencia sexual. Todas ellas no tienen el carácter de subvención. ¿Y ahora nos quedaría lo que viene en el artículo cuatro, que son las exclusiones de la Ley 38 2013 y esto es más pregunta de examen, queda excluido del ámbito de aplicación de esta ley?

6:33 Los premios que se otorguen sin previa solicitud del interesado, las subvenciones de la Ley Orgánica del régimen Electoral general, las subvenciones de la Ley Orgánica de la Financiación de partidos Políticos y las subvenciones a los Grupos parlamentarios del Congreso y del Senado, a los Grupos parlamentarios de la Asamblea Legislativa de las Comunidades Autónomas y a los Grupos políticos de las entidades locales, sí. No comprendido. No tiene carácter de subvención y lo excluido. Ahora pasamos a las disposiciones comunes de las subvenciones públicas o lo que debería de cumplir casi cualquier tipo de subvención. Tenemos unos principios generales, pero cualquier administración pública antes de empezar a repartir subvenciones con carácter previo al establecimiento de subvenciones. ¿Deberán las Administraciones Públicas concedentes concretar un plan estratégico y para qué?

7:36 Pues para tener claro los objetivos de las subvenciones, plazos, efectos, costes previsibles y fuentes de financiación. ¿De dónde va a salir el dinero? Se aprobará un plan estratégico para cada ministerio, que será aprobado por el ministro o ministro responsable de su ejecución, que será remitido a la Secretaría de Estado de Hacienda y también a las Cortes Generales para su conocimiento. Ese plan estratégico. El plan estratégico, además, contendrá un periodo de vigencia de 3 años, salvo excepciones, y se actualizará anualmente con la información relevante. El plan estratégico vigencia 3 años aunque hay alguna excepción y se actualiza anualmente perfecto, el contenido de un plan estratégico lo puedes encontrar en el artículo 12 del Real Decreto 887 2006. El Reglamento de desarrollo de las subvenciones y, por supuesto, el plan estratégico debe de cumplir con el objetivo de estabilidad presupuestaria y ser coherente con los programas plurianuales ministeriales que tenemos en la Ley 47 2003. Cada subvención, y esto es importante, cada subvención se rige por una base reguladora.

8:50 Luego hablaremos de ellas, de las bases reguladas de las subvenciones, pues cada base reguladora de cada subvención tiene que hacer mención a este plan estratégico de subvenciones. ¿Y cómo contribuye a sus objetivos? Tenemos un plan estratégico global para todas las subvenciones que se quieren poner en marcha. Pero luego cada base reguladora de cada subvención dentro de ella tiene que hacer mención a este plan estratégico para ver cómo cumple con él. ¿Dicho esto, cuáles son los principios generales para la gestión de subvenciones? Importante y pregunta de examen, publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación de recursos públicos.

9:37 Sí. Publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad, no discriminación, eficacia y eficiencia perfecto. ¿Quiénes son los órganos competentes para la concesión de subvenciones? ¿Pregunta de examen, quiénes son? Ministros y secretarios de Estado pero si ampliamos con la Ley 40 2015, incluimos a los subsecretarios. También tendríamos a los presidentes y directores de organismos y entidades públicas vinculadas o dependientes de la AGE. Y si quieres metiéndome donde no me llaman, pues podríamos tender también al consejero o consejera correspondiente a una Comunidad Autónoma, al Pleno en una Diputación Provincial o al alcalde de un ayuntamiento, conforme al artículo 211 J de la Ley 785 o al Pleno cuando estemos hablando de estos compromisos de carácter plurianual. Sí, perfecto, ministro, secretario de Estado, ampliamos con los subsecretarios y también presidentes y directos de organismos o entidades públicas vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado. Todo ello, por supuesto, sin perjuicio de las posibles delegaciones o desconcentraciones que en la Administración General del Estado se hará mediante Real Decreto acordado en Consejo de Ministros. Toma cuidado otra pregunta de examen. ¿Si la cuantía de la subvención es superior, ojito superior a 12000000 de euros, entonces qué superior, que en contratos teníamos igual o superior, pero en subvenciones solo nos habla de superior, entonces qué se

11:07 debe requerir? ¿Autorización previa del Consejo de Ministros? Perfecto, se supere a los 12000000 de euros, autorización previa al Consejo de Ministros y además, si estamos en un procedimiento de subvenciones en concurrencia competitiva, es antes de la aprobación de la subvención. Y si el Consejo de Ministros nos da el visto bueno, entonces continuamos. Pero la autorización como tal que nos da el Consejo de Ministros no implica la aprobación del gasto. El Consejo de Ministros solo nos dice ALE, ale, ALE, ya tienes permiso para jugar con estas subvenciones, pero la aprobación del gasto la haces tú. El documento contable y el documento en papel. ¿Lo haces tú? La aprobación corresponderá al órgano competente.

11:50 Vale. Bases reguladoras de las subvenciones. Bases reguladoras de la concesión de subvenciones para que nos entendamos, las bases reguladoras de la concesión de subvenciones son como los pliegos de un contrato administrativo, es donde se concreta todo sobre la subvención y cómo se va a conceder en la Administración General del Estado. ¿Quién establece las bases reguladoras de la concesión de una subvención? Los ministros, los ministros correspondientes establecerán las bases reguladoras de la concesión de subvenciones y se aprobarán, por orden ministerial, bases reguladoras ministros y se aprueban por orden ministerial, que es un reglamento de nivel inferior o también puede ser por una ordenanza si estamos en una corporación local, eso sí lo va a aprobar el Ministro.

12:41 Va a ser por una orden ministerial, pero hay un previo informe del servicio jurídico y de la intervención delegada. ¿Qué vamos a hacer con estas bases reguladoras? Las publicamos, digo yo que sí, donde en el Boletín oficial del Estado que estamos en Administración General del Estado. ¿Qué concreta una base reguladora de una concesión de subvención? Es todo lo relacionado con la subvención, definición de sujeto, requisitos que deben unir los beneficiarios, procedimientos de concesión, criterios de otorgamiento, órganos competentes y el plazo para la resolución de la misma plazo y forma de justificación, régimen de garantías, incumplimientos y otras cosas. Pues así, ya cumplimos con los requisitos para otorgamiento de subvenciones con carácter previo de otorgamiento. Deben aprobarse las bases reguladoras. ¿Que se van a publicar el Diario Oficial de la Unión Europea o el Diario Oficial correspondiente?

13:34 Y conocemos todos sus extremos, quién es el órgano administrativo concedente, esa asistencia de crédito, ese procedimiento de concesión que los veremos más adelante. Sí que habrá una fiscalización de los actos de contenido económico y ya la aprobación del gasto, y si teníamos más de 12000000 de euros, primero teníamos que consultar al Consejo de Ministros y luego ya si nos daba el o K, hacíamos nosotros la aprobación del gasto. ¿Ahora que ya tenemos la subvención en el horno, qué hacemos con ella? Pues darle publicidad. Mezclamos los artículos 18 y 20. Ingrediente principal para este paso, la base de datos nacional de subvenciones o la mdms para los amigos base de datos nacional de subvenciones.

14:22 Que tiene por finalidad promover la transparencia, servir como un instrumento para la planificación de políticas públicas, mejorar la gestión de subvenciones y colaborar en la lucha contra el fraude en las subvenciones y en las ayudas públicas. La base de datos nacional de subvenciones se operará como un Sistema Nacional de publicidad de subvenciones y esto lo apuntas como un Sistema Nacional de publicidad de subvenciones. Por eso, las Administraciones Públicas concedentes deberán remitir a la base de datos nacional de subvenciones información sobre las convocatorias y las resoluciones de las mismas que entidades serán las responsables de suministrar información exacta completa. ¿Y dentro del plazo, a la base de datos nacional de subvenciones, qué administraciones, qué entidades? Todas, la Administración General del Estado, la de las Comunidades Autónomas, las entidades locales. Todo va a la base de datos nacional de subvenciones porque va a recoger la información de cada subvención de la forma que reglamentariamente se determine.

15:22 Y ahí nos podemos ir al Reglamento. Y dentro de esta información también se encuentra la de los beneficiarios y las entidades colaboradoras, como dato curioso. Si un beneficiario de una entidad colaboradora ha sido condenado por resolución firme a la pérdida de subvenciones, se mantendrá la inscripción de esa pérdida de subvención hasta que transcurran 10 años, 10 años desde la fecha de finalización del plazo de de prohibición, o sea así, ha sido condenado por una sentencia firme. Para no recibir subvenciones, aunque se acabe el plazo, eso se mantiene en la base de datos nacional de subvenciones hasta 10 años después, fecha inicio y fecha fin, que va a ser comunicada a la base de datos nacionales.

16:08 Subvenciones por el Tribunal que haya dictado la sentencia o por la autoridad administrativa que haya puesto sanción, sentencia o sanción, tribunal u autoridad administrativa hasta 10 años después. ¿Cómo será la información incluida en la base de datos nacional de subvenciones? ¿Otra pregunta de examen, cómo es la información que hay ahí reservada? La información de la base de datos de nacional de subvenciones tiene carácter de reservado y no puede. No puede ser cedida ni comunicada a tercero, salvo. Múltiples excepciones. Vale, aquí te las dejo por si quieres echarle un vistazo. ¿La cesión de esta información, en caso de que ocurra, se realizará preferentemente por medios electrónicos y cuidado porque en las autoridades y el personal que tengan acceso al conocimiento del contenido de la base de datos nacional de subvenciones qué? Tú tienes acceso a eso, pero sabes que no puedes ceder ni pasar nada.

17:09 Información. ¿Entonces, qué estás obligado? A qué al más estricto secreto profesional no puedes comunicar nada. ¿Y qué pasa si incumples este deber que no guardas ese estricto y secreto profesional? Pues que la infracción del deber de secreto se considera siempre que lo matiza así, siempre falta disciplinaria muy. Grave. Y ya saben las sanciones que pueden venir después. Otra pregunta de examen, por supuesto. ¿Quién es el órgano responsable de la administración y custodia de la base de datos nacional de subvenciones, órganos responsables de administración y custodia? Cuidado que antes teníamos a los ministros, secretarios de Estado, subsecretarios, etcétera. Pero aquí estamos, en el órgano responsable de la administración y custodia de esa base de datos.

18:00 ¿Quién se encarga? La Irae, la intervención general de la Administración del Estado es el órgano responsable de la administración y custodia de la base de datos nacional de subvenciones. Un detallito antes de seguir, los beneficiarios de las subvenciones deben de dar publicidad de las subvenciones y las ayudas públicas recibidas. ¿Cómo lo van a hacer? Pues poniendo una imagen institucional, una placa. Un impreso, una publicidad electrónica o audiovisual o en medios de comunicación. Vale eso como detalle. Pero recuerda siempre que administración y custodia de la base de datos nacional de subvenciones se encarga la IGAE, la intervención general de la Administración del Estado, financiación de las subvenciones, más bien financiación de la actividad subvencionada. Lo más claro que nos tiene que quedar es que. Con respecto a las subvenciones, en ningún caso, en ningún caso, la cuantía de la subvención, ya ya sea aislada o conjuntamente con otras subvenciones, podrá superar el coste de la actividad subvencionada.

19:15 No ganas dinero en ningún momento con las subvenciones máximo es el dinero que te has gastado. ¿Qué es lo que te va a dar la administración o administraciones concedentes? Vale, en ningún caso la cuantía de la subvención puede superar el coste de la actividad subvencionada. Te lo va a subvencionar en todo o en parte, pero nunca más. Pero las normativas reguladoras pueden exigir que haya parte que debas cubrir tu con financiación propia. Cuidado, y eso lo vas a tener que acreditar. Lo vas a tener que acreditar luego con facturas, facturas electrónicas o los documentos correspondientes. Y si con ese dinero que tú recibes de la administración pública obtienes rendimientos financieros, ojo, ese rendimiento se aplicará a la actividad subvencionada, salvo que en la propia base reguladora se diga lo contrario. Sí, perfecto, volvemos atrás.

20:12 En ningún caso la cuantía de la subvención podrá superar el coste de la actividad subvencionada. Con eso es con lo que tienes que quedar un paso más. Vamos a conocer ahora ya por fin. A los beneficiarios y a las entidades colaboradoras. Las entidades colaboradoras son las que actúan como intermediarios entre la administración y el beneficiario, y el beneficiario es el que recibe la subvención, el que se beneficia, perfecto beneficiarios. Artículo 11. Tendrá la condición de beneficiario la persona, ya sea física o jurídica, que haya de realizar la actividad o se encuentre en situación legítima de la concesión de la subvención para lo que sea necesario. Eso es el beneficiario. ¿En condición de persona que haya de realizar la actividad, los beneficiarios tienen obligaciones? Por supuesto que tiene obligaciones. Artículo 14.

21:01 Cumplir el objetivo, realizar la actividad, ejecutar un proyecto, adoptar un comportamiento, justificar requisitos y condiciones, someterse a actuaciones de comprobación si lo está haciendo bien correctamente ya lo que tiene que hacer o el dinero, comunicarse. Si ha recibido otras subvenciones, estar al corriente con las obligaciones tributarias antes de la propuesta de resolución de la subvención, tener los libros contables al día, conservar documentos. Unificativos medidas de difusión que sean necesarias o requeridas, como hemos visto antes, la publicidad y proceder al reintegro de los fondos percibidos. Cuando te has portado mal con la subvención y ahí nos vamos al artículo 37. Esas son las obligaciones que tienen los beneficiarios. ¿Quiénes eran los otros? ¿Las entidades colaboradoras?

21:41 Una entidad colaboradora es la que actuando y nombre y por cuenta del órgano concedente de la subvención, esta coge. Entrega y distribuye los fondos públicos a los beneficiarios. Los fondos a repartir por parte de las entidades colaboradoras en ningún caso se considerarán parte integrante de su patrimonio. ¿Qué significa esto? Que el dinero que recibe la entidad colaboradora está de paso, no les pertenece, por eso no se considera parte integrante de su patrimonio, no es su dinero, es el de la administración pública concedente. Ella lo recoge durante un tiempo y lo reparte bien. Comunidades autónomas y entidades locales pueden ser entidades colaboradoras del Estado que se dediquen a repartir esos fondos y también al revés, el Estado con las comunidades autónomas y las entidades locales.

22:33 ¿Y cómo hacemos esa colaboración entre una administración concedente y una entidad colaboradora? ¿Cómo hacemos esa colaboración a través de un convenio? Apunta. Convenio de colaboración entre el órgano que otorga la subvención y la entidad colaboradora, especificando en ese Convenio todas las condiciones y obligaciones que tenemos estipuladas en este artículo. 16. ¿Qué es lo más importante de ese convenio y qué te pueden preguntar? ¿La duración? ¿Qué duración puede tener un convenio de colaboración? 4 años, prorrogable a 6. No podrá tener un plazo de vigencia superior a 4 años, pero podrá prorrogarse antes de su finalización por mutuo acuerdo, sin que su duración pueda exceder de 6 años 4 años, prorrogable a 6, siempre antes de su finalización obligaciones.

23:36 Que tienen las entidades colaboradoras, lo mismo que los beneficiarios, también tienen obligaciones, entregar a los beneficiarios los fondos recibidos, comprobar cumplimiento, condiciones, realización de la actividad y la finalidad de esos fondos. Justificar la entrega de fondos percibidos ante el órgano concedente, que no ha dado el dinero. Someterse a actuaciones también de comprobación y gestión de esos fondos. Esas son sus obligaciones como entidad colaboradora perfecto. Pero, por supuesto, hay unos requisitos que se deben cumplir para ser beneficiario o entidad colaboradora.

24:17 Son unos requisitos muy básicos y muy lógicos. El primero, cumplir con las circunstancias previstas que vienen la base reguladora y en la convocatoria para ser beneficiario o entidad colaboradora. Luego, y esto es lo lógico, para poder ser beneficiario de entidad colaboradora no tienes que haber sido condenado o sancionado mediante sentencia firme a la pérdida, obtener subvenciones o haberse auditado la declaración de concurso voluntario o insolvente en cualquier procedimiento. No hallarse al corriente con las obligaciones tributarias o de Seguridad Social. Mal. Tener la residencia fiscal en un paraíso fiscal mal. Que me queda no estar al corriente con otra obligación de reintegro de una administración pública, tampoco bien tener una prohibición de contratar. Prohibición de contratar.

25:01 También debe pronunciarse esa prohibición de contratar de la Ley de Contratos sobre la prohibición de obtener subvenciones. Todo eso regulichi, entre otras que tenemos reguladas en este artículo. Como ves, todo bastante coherente estas condiciones para no poder ser beneficiario o entidad colaboradora ya solo. ¿Nos queda un artículo, el artículo 21, que es el régimen de garantías, y con esto te dejo tranquilo hasta el siguiente vídeo, qué nos dice el artículo 21 sobre el régimen de garantías? Que todo el régimen de garantías, ya sea la Constitución, depósito, cancelación, etcétera, se establecerá reglamentariamente.

25:44 Perfecto reglamentariamente. Teníamos un reglamento. ¿Cuál era 887 2006, a qué artículos nos vamos? Artículos 42 a 54. Y ahí es donde se establece el régimen de las garantías. ¿Para qué se usa una garantía en materia de subvenciones? Pues igual que las garantías en contratos. Es igual para asegurar el compromiso asumido por los beneficiarios sobre la entidad colaboradora. ¿Si no asumen su compromiso, qué vamos a hacer? ¿Reintegro y cogerle de la garantía si no han reintegrado correctamente? No nos vamos a adentrar mucho en esos artículos. ¿Si tú quieres darle una leidita artículo 42 a 54, yo te comento dos cosas, se puede exigir garantía en subvenciones cuando el procedimiento así lo establezca en sus bases reguladoras? Para las entidades colaboradoras, ahí podemos exigir garantía, la posibilidad de realizar pagos o anticipos, pagos a cuenta o anticipos también puede haber garantía o cuando se considere necesario para el cumplimiento de ciertos compromisos asumidos por los beneficiarios a las entidades colaboradoras.

26:52 Ahí es cuando podemos exigir garantías. ¿Aún así, tenemos otra cosa que nos pueden preguntar, quién está exento de la Constitución de garantías Imagínátelo, quién puede estar exento de constituir garantías? ¿Tú y yo? No está claro. ¿Qué más? Las Administraciones Públicas, por ejemplo, pueden estar exentas de construir garantías, la Ángel, las comunidades autónomas o las entidades locales exentas, los beneficiarios cuando el importe de las subvenciones inferior a €3000 exento de garantías, las que vienen exceptuadas por una ley, las no lucrativas, las notas y otras. Vale, ahí los queda. A mí yo me quedaría con dos de aquí. La Administración General del Estado, comunidades autónomas, entidades locales están exentas y las de los beneficiarios cuya subvención es inferior a €3000. Ahí es cuando estamos exentos de garantía. Y con esto sabes lo que te digo que suficiente. Título 1.

27:47 Procedimientos de concesión y gestión de las subvenciones, primero. Las concesiones existen dos tipos de procedimientos de concesión, el de concurrencia competitiva y el de concesión directa. Pero antes de empezar un detalle y pregunta de examen, artículo 223, no podrán otorgarse subvenciones por cuantía superior a la que se determine en la convocatoria. En el vídeo anterior hemos visto que el importe de las subvenciones en ningún caso. Podrá ser de tal cuantía que aislado conjuntamente o en concurrencia con otras subvenciones, supere el coste de la actividad subvencionada.

28:29 No podías ganar dinero con las subvenciones, teníamos ese tope máximo de lo que a TI te cuesta la subvención. Es lo que te pueden subvencionar. Pero lo que nos encontramos ahora en el 223 es que no puede otorgarse subvenciones por una cuantía superior a la que se determine en la convocatoria. Esto es, a nivel global de todo el procedimiento, no puede el órgano concedente otorgar más dinero, cuantía superior de la que se determine en la convocatoria de lo que está reservado y aprobado, aunque si vamos al reglamento artículo 58 nos dice que excepcionalmente la convocatoria podrá fijar una cuantía adicional cuya aplicación a la concesión de subvenciones.

29:09 ¿No requerirá una nueva convocatoria? Eso sí, con una serie de reglas que no vamos a entrar, pero que sepas que puede estar ahí, en el Reglamento. Pero lo que nos dice inicialmente el artículo 223 de la Ley General de subvenciones es que no puede otorgarse subvenciones por una cuantía superior a la que se determine en la convocatoria. Y también te digo. Que, al igual que en contrato y en otros gastos en subvenciones, también existen las subvenciones plurianuales y también las subvenciones de tramitación anticipada. Que lo sepas, vamos a la concurrencia competitiva.

29:52 ¿Qué es la concurrencia competitiva en subvenciones? Es el procedimiento ordinario para la concesión de subvenciones. Cuidado procedimiento ordinario. Se realiza mediante la comparación de solicitudes presentadas para establecer una prelación, un orden de acuerdo con los criterios fijados en las bases reguladoras y en la convocatoria, y se adjudican dentro del crédito disponible a las solicitudes que hayan obtenido. Un mayor valor, mayor puntuación. Dos detalles, cuidado, se podrá estructurar el requisito de fijar ese orden de prelación cuando una vez finalizado la presentación de solicitudes, finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el crédito asignado total sea suficiente o fuera suficiente. Para el número de solicitudes presentadas, o sea que se han presentado todas las solicitudes correspondientes, ha pasado el plazo y aún así la convocatoria.

30:42 Las bases reguladoras han establecido igual o más dinero del que se va a dar en todas las subvenciones. Por eso se podrá exceptuar el requisito de fijar un orden de prelación y también otro excepcionalmente, y siempre que así se prevean las bases reguladoras, el órgano concedente podrá proceder al prorrateo del importe máximo entre todos los beneficiarios que tengan derecho a la subvención. Ya no es que se establezca una apelación, sino en que todos los que tienen derecho se coge el importe global y se reparte en prorrateo, pero esto es excepcionalmente bien y aquí comienza un juegos. ¿Cómo se inicia el procedimiento de concesión de subvenciones en concurrencia competitiva? ¿Pregunta típica de examen, cómo se inicia? Siempre de oficio y se realiza mediante la convocatoria aprobada por el órgano competente. Tienen al órgano competente, nos acordamos Ministro, secretario de Estado y también veíamos a los subsecretarios, Presidentes y directores, etcétera, etcétera. Comunidades autónomas, entidades locales donde publicamos la convocatoria de la subvención, donde en la base de datos nacional de subvenciones y un extracto de la convocatoria en el BOE, en total, todo completo en la base de datos nacional de subvenciones y un extracto de la resolución o de la convocatoria. ¿En el Boletín Oficial del Estado vale, qué nos vamos a encontrar dentro de esa convocatoria? Lo primero, las bases reguladoras de la concesión de subvención aprobada por el

32:13 órgano competente y en el Diario Oficial en el que está publicada un crédito presupuestario y una cuantía máxima. Como hemos hablado del procedimiento objeto, condiciones, finalidad de la subvención, régimen de concurrencia competitiva, porque estamos dentro de él. Requisitos que tienen que reunir las solicitudes, órgano de instrucción y el de resolución. El órgano de instrucción es el que trabaja todo el procedimiento de la. Y luego le va a pasar la propuesta de concesión al ordenador de resolución, plazo de presentación de solicitudes y plazo para resolver sí, documentación que se debe acompañar a las solicitudes, criterio de valoración, medios de notificación y publicación y si la resolución de la concesión de la subvención pone o no. ¿Fin a la vía administrativa y si no pone fin a la vía administrativa, ante quién hay que presentar el recurso? El plazo ya que lo sabe y además, cuidado. Además bajando un poquito.

33:02 En este artículo, la normativa de subvenciones hace referencia a la ley del procedimiento administrativo común para la necesidad de aportar documentación que ya se encuentre en poder de la administración o la no necesidad de aportar esa documentación que ya se encuentre en el poder de la administración, pero con un detalle. Nos dice que estos documentos, que ya se encuentra en el poder de la administración de otro procedimiento, pueden volver al procedimiento actual, siempre y cuando no haya transcurrido más de 5 años desde la finalización del procedimiento anterior, no haya transcurrido más de 5 años por si acaso mucho cuidado más de 5 años desde la finalización del procedimiento anterior, aún así. Aunque no hayan pasado esos 5 años, si la administración no puede recuperar los documentos, podrá requerirte la presentación siempre antes de la propuesta de la resolución. ¿Vale, otra pregunta es, saben qué ocurre si la solicitud de la subvención no reúne los requisitos establecidos? Pues habrá que requerir al interesado que subsane. ¿En qué plazo?

34:12 Cuidado, estás en subvenciones. Un plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles. Por qué improrrogable por qué no se puede ampliar conforme lo hemos visto más de una vez en la 39 2015 por qué improrrogable esos 10 días hábiles 1 porque lo dice esta ley. ¿Plazo máximo improrrogable, ya no hacemos nada más, tenemos una ley que nos dice exactamente esto y luego además por qué? Porque estamos en un procedimiento de concurrencia competitiva, artículo 68 dos de la Ley 39 2015, no se puede ampliar procesos selectivos o procesos de concurrencia competitiva, no se pueden ampliar entonces 10 días hábiles máximos e improrrogables y si no se subsana, pues desistido de la solicitud.

34:55 Y con esto ponemos fin al principio. ¿Instrucción, la instrucción le corresponde al órgano que se designe en la convocatoria y qué va a hacer este órgano? Pues realizar de oficio cuantas acciones sean necesarias para formular la propuesta de resolución. Va a pedir los informes que estime necesarios o sean exigidos en la convocatoria, que deberán ser emitidos en el plazo de 10 días hábiles, salvo que se establezca un plazo menor u otro mayor, pero si es mayor, en ningún momento podrá exceder de 2 meses. Y si no se emite este informe, cuando es preceptivo determinante, se podrá suspender el procedimiento. Sí se podrá suspender.

35:37 Acuérdate el artículo 221 de la 39 2015 y el órgano instructor también va a realizar la evaluación de las solicitudes presentadas. Entonces, el órgano instructor lo que hace es la petición de informes y también la evaluación de las solicitudes. Una vez que hace esto, el órgano instructor formula una. Propuesta provisional que va a notificar a los interesados con esta propuesta provisional que se notifica, los interesados tienen un plazo de 10 días hábiles para presentar las alegaciones que estimen convenientes. Perfecto. Concluida el plazo de revisión de alegaciones o prescindiendo de este trámite de audiencia por no ser necesario, entonces pasamos de una provisional a que el órgano instructor haga o formule una propuesta de resolución definitiva.

36:26 Que también va a notificar con él o los solicitantes que sean propuestos y su cuantía. Pero cuidado, que es solo una propuesta. Proponer no es resolver. Yo te propongo matrimonio, pero hasta que no firmamos no estamos casados. Por eso, las propuestas de resolución ya se han provisional o definitivas. No crean derecho alguno a favor del beneficiario mientras no se notifique la. Resolución de la concesión de la subvención. Cuidado, las propuestas no crean derecho alguno, la resolución sí. Con esto acaba la fase de instrucción e iniciamos la fase de resolución. Bien, una vez se aprueba la propuesta de resolución definitiva, en la fase de instrucción se eleva al órgano competente para resolver que dispondrá. Cuidado con esto que aparece en el Reglamento y no en la ley, de un plazo de 15 días hábiles para resolver desde que se le eleva la propuesta definitiva de resolución genial. El órgano competente para resolver resolverá y resolverá con todo lo que tiene que contener una resolución artículo 88 de la 39.

37:43 Y, por supuesto, quedará claramente identificados los compromisos que son asumidos por los beneficiarios. Se motiva la resolución de una concesión en concurrencia competitiva, por supuesto, conforme a lo que se establece en la base reguladora de la propia subvención, quedando fundamentado completamente el procedimiento para la subvención. Y acuérdate también del artículo y volvemos a la 39 2015, artículo 35, apartado dos, la motivación de los actos que pongan fin a los procedimientos selectivos y de concurrencia competitiva. Se realizará de conformidad con lo que dispongan las normas que regulen sus convocatorias. ¿Pregunta de examen, en qué plazo se debe resolver y notificar la concesión de una subvención en concurrencia competitiva?

38:30 Plazo completo vale de inicio a fin. ¿Qué plazo te lo sabes? 6 meses 6 meses no podrá exceder de 6 meses, salvo que una norma con rango de ley establezca 1 mayor o así venga previsto en una normativa de la Unión Europea. Plazo para resolver y notificar una subvención en concurrencia competitiva 6 meses y desde cuando contaríamos el plazo muy de 39. El plazo comenzará desde el día siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria, lo que viene a ser desde el día siguiente a la publicación del extracto de la misma en el Boletín Oficial del Estado, salvo que se disponga otra fecha posterior. ¿Pero qué ocurre si pasan los 6 meses y la administración no ha resuelto?

39:19 Pues nos vamos al magnífico artículo 25, apartado 5. El vencimiento del plazo máximo, sin haberse notificado la resolución legitima a los interesados para entender la desestimada por silencio administrativo. Te da una caricia y luego te arroja el pozo sin fondo de los hermanos, pero bueno. Si por el contrario, la administración resuelve en tiempo y forma y tenemos una resolución expresa, la resolución será notificado o publicada conforme a lo que tenemos estipulado en los artículos para las notificaciones, artículos 4046 y contendrá esa resolución al solicitante o solicitantes a los que se le concede la subvención, la cuantía, los compromisos y cualquier otra cosa, y también de manera expresa.

40:18 Importante, la desestimación del resto de solicitudes. La resolución, como norma general, va a poner final vía administrativa. Ya conocemos también a los órganos concedentes, salvo que en la propia resolución se diga otra cosa y si no pone final a la vía administrativa lo pondrá en la resolución. Entonces también nos indicará el recurso de alza y a quien corresponde, pues ya está. Tendríamos la concurrencia competitiva genial, que nos toca ir a la concesión directa. Recordamos que habían 3 formas de concesión directa, la primera de ellas eran la prevista nominativamente los presupuestos generales, ya sea del Estado de las Comunidades Autónomas o de las entidades locales. Donde objeto, dotación presupuestaria y beneficiario aparecen expresamente determinados en el estado de gasto del presupuesto, vale es prevista en los presupuestos aparece todo objeto, dotación presupuestaria y beneficiario.

41:11 El procedimiento de esta concesión directa se inicia por oficio o de oficio, por el centro gestor o a instancia del interesado, y terminará con una resolución de la concesión o por un. Convenio vale, el Convenio va a ser el instrumento habitual para canalizar este tipo de subvenciones que aparecen en los presupuestos generales. Y la resolución o el Convenio. ¿Qué va a contener? Pues objeto y beneficiario, crédito presupuestario y su cuantía, compatibilidad o incompatibilidad con otras subvenciones o ayudas, plazos sin modos de pago y también, y el plazo y forma de justificación de los beneficiarios. Ya está la primera. También teníamos de forma directa la imposición por rango legal o imposición de rango legal.

41:54 Cuando mamá te decía que apagases la tele, pues lo mismo, imposición de rango legal como es por ley. Se seguirá el procedimiento establecido en esa norma y de forma supletoria lo que tenemos en las leyes de subvenciones. Y será necesario, por supuesto, aunque sea por norma de rango legal, que haya crédito adecuado y suficiente. Y, por último, de las de concesión directa teníamos las que se acrediten por razones de interés público, social, económico, humanitarios u otras que dificulten su convocatoria pública. Estas tendrán carácter excepcional y como tienen carácter excepcional. El Consejo de Ministros, por Real Decreto juntamos, aprobará las normas especiales reguladoras de este tipo de subvenciones con unas memorias, un informe y lo que se pida.

42:46 Vale, pues hemos avanzado un pasito más, los dos procedimientos de concesión, el procedimiento ordinario de concurrencia competitiva con unos requisitos previos, el plan estratégico, la aprobación de asignación presupuestaria y las bases reguladora, una iniciación por el órgano competente con su convocatoria en la base de datos nacional de subvenciones y el extracto en el bue y las solicitudes. Una instrucción que es la evaluación de las solicitudes con una propuesta profesional y una propuesta definitiva que ambas se notifican, y la resolución que es en el plazo de 15 días hábiles desde la elevación de la propuesta definitiva al órgano competente para resolver que se resuelve en 6 meses todo el proceso y se notifica a los interesados con la resolución y los recursos que procedan, eso en concurrencia competitiva, pero también hemos visto las de concesión directa.

43:32 Que se divide en 3 tipos, las previstas nominativamente los presupuestos generales, ya sea del Estado de las Comunidades autónomas o las entidades locales, las que vengan impuestas por una norma de rango legal y las de carácter excepcional por razones de interés público, social, económico, humanitario u otras que dificulten su convocatoria pública, pues ahora ya conocemos los procedimientos y vamos al artículo más preguntado en los exámenes de oposición sobre esta ley de subvenciones es el artículo 34. Procedimiento de aprobación del gasto y pago de las subvenciones y nos vamos a apoyar en las reglas 8187 de la orden 1996, por la que se aprueba la instrucción operatoria contable a efectos contables y antes de comenzar a moverlo todo el servicio gestor realizará una reserva de crédito a través de un documento RC antes de comenzar una reserva de crédito que nos lo dice la orden, volvemos a la ley y al inicio de este artículo 34. Primero, con carácter previo a la convocatoria de la subvención, o sea, antes de publicarla en la base de datos nacional de subvenciones y su extracto en el B o e, deberá de efectuarse la aprobación del gasto, sí, con carácter previo a la convocatoria de la subvención, aprobación del gasto y con ello el documento contable a por una cuantía cierta o aproximada, reservando a tal fin la totalidad o parte de un crédito presupuestario.

44:59 Todo eso que te suena de la Ley General presupuestaria. Bien con carácter previo a la convocatoria. Aprobación, documento contable a hecha es la aprobación que hacemos, se publica y entonces se inicia el plazo de presentación de solicitudes. Se evalúan propuesta provisional, propuesta definitiva y resolución paso dos. La resolución de la concesión de la subvención conllevará el compromiso de gasto correspondiente. Ya es por un importe determinado o determinable relevancia jurídica con terceros. Tenemos una resolución hacia una persona física o jurídica y con ello un documento contable de de compromiso del gasto.

45:41 Y volvemos a repetir, la resolución de concesión de la subvención conllevará el compromiso de gasto correspondiente y luego 3 el pago el pago de la subvención. Se realiza previa justificación por el beneficiario de la actividad, el proyecto, el objetivo o lo que sea. Primero se realiza, la acción se justifica y luego se paga, y con ello el documento contable o k de reconocimiento de la obligación exigencia de un crédito exigible derivado de un gasto aprobado y comprometido. Y con esto ya tendríamos la concurrencia competitiva con carácter previo a la convocatoria, aprobación, documento a con la resolución de la concesión, el documento contable de de compromiso del gasto y con la justificación de la subvención, el pago documento contable o K bien, pero si fuese en concesión directa, La orden 1996 me dice que lo podríamos hacer de 2 formas a efectos contables. Tendríamos al inicio un documento contable a D, aprobación y compromiso, y luego un documento contable de pago o K en el momento en que se justifica, o si se puede directamente todo junto en un solo documento a, D o K aprobación, compromiso y pago.

47:00 Esto es lo que me dice la orden en concesión directa, dejando. En la parte contable, atrás continuamos con este artículo 34 que me dice que no podrá realizarse el pago de una subvención en tanto el beneficiario lógicamente no se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, o sea deudor por resolución que ya haya resolución de una procedencia de reintegro. O sea, no pueden realizarse pagos si no está al corriente obligaciones tributarias, Seguridad Social o ya es deudor por resolución. Ahí ya no podemos realizar pagos. Bueno. Pero si todo estuviese bien, podríamos hacer, aparte de los pagos normales, otros dos tipos de pago, que es un pago a cuenta, vale si así está previsto en las bases reguladoras, o un pago anticipado a la espera de justificación.

47:48 Vale bien, eso sí, no podemos hacer pagos anticipados a beneficiarios que hayan solicitado una declaración de concurso voluntario, se consideran insolventes, etcétera. Ahí lo tenemos perfecto y, por supuesto, continuando nos dice que se perderá el derecho al cobro. Total o parcial de la subvención. Si que si no justificamos correctamente la subvención, entonces perderemos el derecho al cobro total o parcial. Si ya no se ha hecho en un pago o se dan alguna de las causas previstas en el artículo 37 sobre el reintegro que veremos más adelante, vale, ahí podemos perder el derecho al cobro total o parcial haciendo una vuelta atrás. Sobre este artículo 34.

48:33 Resumiendo mucho. Con carácter previo a la convocatoria de la subvención, deberá efectuarse la aprobación del gasto a la resolución de la concesión de la subvención conllevará el compromiso de gasto correspondiente D el pago de la subvención se realizará previa justificación por el beneficiario de la realización de la actividad, el proyecto, el objetivo o la adopción de un comportamiento o K vale, y con esto el artículo 34 lo dejamos visto, vamos hacia atrás. Y nos movemos al artículo 29. Y yo creo que aquí podemos empezar a ver el último bloque de este vídeo. ¿Pregunta, se puede subcontratar y entendemos por subcontratación cuando el beneficiario concierta con tercero la ejecución total o parcial de la actividad que constituye un objeto de la subvención total o parcial? Se puede, sí, sin problema.

49:24 Se puede, eso sí. El beneficiario únicamente podrá subcontratar, ya sea total o parcialmente, la actividad cuando la norma reguladora sí lo prevea, o sea que lo tiene que preveer la norma reguladora, si no, no, si me lo prevee, se puede y lo que me diga la norma total o parcial. ¿En qué porcentaje? Muy relacionado, en qué porcentaje se puede subcontratar el que me establezca la norma reguladora. ¿Pero y si la norma reguladora no me establece un porcentaje pero sí me deja subcontratar? ¿Entonces la subcontratación no podrá exceder del 50% de la actividad subvencionada? Vale, si sí me deja, pero no me dice porcentaje no puede exceder del 50%, condición importante que encontramos en este artículo 29.

50:12 Si la actividad subcontratada excede cuidado, excede del 20% del importe de la subvención y es superior a 60000. Excede del 20 y es superior a €60000. Entonces necesitamos una autorización previa de la autoridad Concedente, y además hay que celebrar por escrito. El contrato de la subcontratación, bien excede del 20 por 100, es superior a €60000, necesitamos autorización previa y un contrato por escrito. Si se subcontrata, los contratistas van a quedar obligados solo ante el beneficiario. Que es el que asume la responsabilidad total de la ejecución frente a la administración, queda claro, tenemos la administración concedente, el beneficiario y luego los subcontratados. Los subcontratador responden ante el beneficiario y el beneficiario es el que responde ante la administración no puenteamos del 1 al 3 ni del 3 al 1123. Administración beneficiario subcontrato el de Subcontrato ante el beneficiario y el beneficiario se la juega ante la administración.

51:19 Si lo justifica todo correctamente, perfecto recibirá los pagos que no lo hace malamente vale luego con mucha lógica. No se podrá subcontratar en ningún caso a cierto tipo de personas físicas o jurídicas en las que se encuentren una de las prohibiciones de subcontratación que tenemos en el artículo 13, apartado dos. ¿Vale esto con respecto al 29? Luego tendríamos la justificación de las subvenciones en el artículo 30. ¿Cómo justificamos las subvenciones? Lo podemos hacer de 3 formas. Vale, la justificación de la subvención se puede hacer de 3 formas, por una cuenta justificativa, por una acreditación de módulos o por una presentación de Estados contables.

52:05 Vale estas 3 formas, cuenta justificativa, módulos, Estados contables el desarrollo de estas 3 formas de justificación lo tenemos entre los artículos 69 a 82 del Reglamento. Te lo dejo como información por si tú quieres ampliar tus conocimientos, no lo veo muy necesario, pero por si acaso yo te lo dejo ahí. ¿Vale, cómo justificamos de 3 formas, cuenta justificativa, módulos? Estados contables, nosotros nos vamos a quedar con la cuenta justificativa, que creo que es la más interesante de cara a un examen. La cuenta justificativa es un acto obligatorio para el beneficiario. Por supuesto, tienes que justificar cuenta justificativa, si no justificas, ya lo sabes, vale. El plazo de rendición de la cuenta justificativa vendrá estipulado en las bases reguladoras.

52:47 Vale, y si no se establece nada en las bases reguladoras, el plazo máximo. Para presentar esa cuenta justificativa será el plazo máximo de 3 meses desde el fin de la actividad vale, nosotros tenemos una actividad subvencionada que realizar y en la y tenemos que presentar una cuenta justificativa que vendrá a estipular en las bases reguladoras cómo presentarla y su plazo. ¿Pero si no me dice nada de plazo en las bases reguladoras, entonces, cuando acabe la actividad máximo 3 meses para presentar esa cuenta justificativa, cómo acreditamos los gastos? ¿Lo sabes cómo se acreditan facturas? ¿Facturas electrónicas u otros documentos de valor probatorio equivalente?

53:27 Vale, perfecto, ya lo tenemos cuenta justificativa. Lo que me digan las bases reguladoras si no me dicen máximo 3 meses después del fin de la actividad y lo vamos a presentar a través de facturas, facturas electrónicas u otros documentos, aún así en el artículo 75 del Reglamento. Y esto te lo comento porque me parece interesante. ¿Puede existir una cuenta justificativa simplificada para subvenciones concedidas por un importe inferior? A €60000 vale cuenta justificativa simplificada inferior a €60000 y como te he dicho antes, en caso de no cumplir con la obligación de justificar la subvención o haces una justificación insuficiente, pues malamente pasamos al artículo 37, que es el reintegro que lo veremos.

54:12 ¿Vale una preguntita y nos vamos al 31, qué es un gasto? Subvencionable. ¿Qué es un gasto subvencionable? Vamos a poner 3 puntos aquí. ¿Qué es un gasto subvencionable? El que de manera indubitada responde a la actividad subvencionada, el que resulte estrictamente necesario y el que se realiza dentro del plazo. Eso es un gasto subvencionable, el que responde a la actividad subvencionada, el que es estrictamente necesario y el que se realiza dentro del plazo vale. ¿Realizar dentro del plazo diferenciar con la cuenta justificativa, el que se hizo dentro del plazo de la actividad para subvencionar bien cuidado, porque aquí me dice que si las bases reguladoras otra vez no me establecen plazo, entonces cuándo tengo que realizar esa actividad? ¿Lo tengo que realizar la actividad o el gasto subvencionable dentro del año natural en que se concede la subvención?

55:13 Sí. O sea, tenemos que un gasto subvencionable es el que responde a una actividad subvencionada, el que resulta estrictamente necesario y el que se realiza dentro del plazo que me establecerán las bases reguladoras. Pero si las bases reguladoras no me establecen plazo, entonces lo voy a hacer dentro del año natural en que se concede la subvención. ¿Perfecto, pero mucho cuidado con el apartado 7 de este artículo 31, apartado 7, qué tenemos? Dice esto, gastos financieros, gastos de asesoría jurídica, notariales, registrales, periciales, son subvencionables si están directamente relacionados con la actividad subvencionada y son indispensables financieros, gastos de asesoría jurídica, notariales, registrales, periciales, si están directamente relacionados con la actividad subvencionada y son indispensables.

56:01 Y también los tributos cuando el beneficiario los abona. Sí, efectivamente, perfectos estos son si están relacionados con la actividad y son indispensables, pero. Pero pregunta de examen grandísima, enorme. Los gastos que en ningún caso son subvencionables que gastos en ningún caso son subvencionables 3 también otra vez los intereses deudores de las cuentas bancarias, intereses, recargos y sanciones administrativas y penales, y los gastos de procedimientos judiciales. Estos intereses deudores de cuentas bancarias, intereses, recargo y sanciones administrativas y penales, y los gastos de procedimientos judiciales nunca, nunca, nunca van a ser gastos subvencionables, nunca vale deudores de cuenta bancarias, intereses y recargos y sanciones administrativas y penales y procedimientos y los gastos de procedimientos judiciales nunca vale otro pasito.

57:05 Los artículos 32 y 33, vale, se encuentra la comprobación de la subvención y de sus valores, algo muy rapidito. El órgano concedente va a comprobar la adecuada justificación de la subvención, la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad, esos 3 apartados, justificación se me ha ido, justificación, realización de la actividad y cumplimiento de la finalidad, esos 3, vale y comprobaran. Si los gastos empleados en la subvención corresponden con el valor de mercado, y yo creo que esto es lo más importante, va a comprobar el órgano concedente. Si los gastos empleados en esa subvención por el beneficiario corresponden con el valor de mercado, básicamente le va a decir la administración concedente al beneficiario, que es no me hagas la página web de Homer Simpson y me digas que su coste es de 1,6 millones de euros. Vale, porque no te voy a creer bien de forma global. El órgano concedente va a tener la obligación de elaborar anualmente un plan de actuación para comprobar las actividades subvencionables.

58:11 Esto es una cosa que tiene que hacer el órgano concedente anualmente, elaborar un plan de actuación para ir comprobando, vale, y esto es lo que vamos a tener entre los artículos 32 y 33, adecuada justificación de la de la subvención, realización de la actividad y cumplimiento de la finalidad perfecto nos queda nada. Yo creo que ya podemos ir cerrando el vídeo. El artículo 35. ¿Retención de pagos vale retener? Cuidado, se produce la pérdida del derecho al cobro total o parcial en el momento que lo que hemos ido diciendo durante todo este tiempo, en el momento que no justificas la subvención o concurres en alguna de las causas de reintegro del artículo 37. Algo que ya te suena, pero que lo veremos en el próximo vídeo. Ahí puede haber una retención de pagos. Pero si se ha iniciado un procedimiento de reintegro iniciado procedimiento vale que no resolución que lo que habíamos visto antes que había resolución, entonces no se podía pagar, pero aquí es iniciado el procedimiento de reintegro. El órgano concedente, como medida cautelar por resolución motivada que debe notificar al interesado, puede acordar vale la suspensión de las cantidades pendientes de abonar vale. Cuidado con eso se produce la pérdida total del derecho al cobro total o parcial de la subvención en el momento en que no justificas o estás en el artículo 37, pero ya con resolución del artículo 37, pero

59:42 nos da una opción para el órgano concedente, para cubrirse un poquito las espaldas si se ha iniciado un procedimiento de reintegro, pero todavía no hay resolución en el mismo procedimiento como medida cautelar. Por resolución motivada y notificándolo al interesado, se puede acordar la suspensión de las cantidades pendientes de abonar por si acaso, a ver cómo queda luego la resolución, si sí hay que pedirle un reintegro o si no y se le paga bien. Título, dos del reintegro de subvenciones. Primero vamos a ver las causas de reintegro, los obligados al reintegro, naturaleza, los créditos a reingresar y la prescripción y luego el procedimiento de reintegro.

1:00:24 ¿Puede una resolución de concesión ser nula o anulable? Claro que puede. Puede ser una resolución nula cuando tiene un contenido imposible, cuando ha sido dictada, prescindido total y absolutamente del procedimiento establecido, cuando ha sido un acto expreso por el que se adquieren derechos, cuando se carecen de los requisitos u otras que tenemos en la ley de procedimiento administrativo común, o también muy importante, cuando en el procedimiento de subvención de la concesión hay una carencia o insuficiencia de crédito. Esas son las condiciones por las que se puede ser nulo. Pero también tendríamos las anulables cuando hay una infracción del ordenamiento jurídico que no llega a considerarse causa nulidad, incluso la desviación de poder. Dependiendo de las causas, el órgano concedente procederá a una revisión de oficios si estamos en actos nulos, o a 1 declaración de lesividad y posterior impugnación al contencioso administrativo si estamos en anulables. Si se da la causa de nulidad o anulabilidad, ya sea por declaración judicial o administrativa, con ello llevará o conllevará la obligación de devolver las cantidades percibidas de la subvención.

1:01:30 Vale, claro, pero esto es como un reintegro por cosas ocurridas desde la administración nulo y anulable. Pero es que ahora vamos al artículo 37. Donde vienen las causas de reintegro que ocurren por cosillas de los interesados, pequeñas minucias, nimiedades con ello. Cuando esto ocurre, procederá el reintegro de las cantidades percibidas más el interés legal de demora, que es el interés legal del dinero, incrementado en un 25 por 100 desde el momento del pago hacia el beneficiario hasta la fecha en que procede el reintegro o hasta la fecha que el deudor ingresa el dinero, o sea desde el pago.

1:02:12 Hasta el reintegro o desde el pago hasta el ingreso del dinero. Cantidad percibida más interés de demora, que es el interés legal del dinero, incrementado en un 25 por 100. Pero ahora sí, esas pequeñas cositas que hacen los beneficiarios. ¿Por qué causas puede darse el reintegro? Pues por. Obtener la subvención falseando u ocultando condiciones. Incumplimiento total o parcial de la subvención. Incumplimiento de la obligación de la justificación de la subvención o una justificación insuficiente. No dar la debida difusión de la subvención, esa publicidad que había que hacerse. Negarse a la comprobación del control financiero, ya sea resistencia, excusa, obstrucción negativa o que se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos. Incumplimiento de obligaciones y compromisos que afecten a la subvención.

1:03:00 Artículos ciento. Del 7 a 109 del Tefue cuando derive una necesidad de reintegro y las que vengan previstas distintas de las anteriores en las normas reguladoras de cada subvención. Todas ellas dan como resultado el inicio de un procedimiento de reintegro perfecto, pero antes de entrar en el procedimiento de reintegro real. Cosas que debemos de saber y deben de quedar claras de cara al examen por si acaso. Artículos 38 a 40. Los beneficiarios y las entidades colaboradoras deberán reingresar. Y esto te lo acabo de decir, la totalidad o parte de las cantidades percibidas más el interés legal de demora, interés legal de demora, te lo repito otra vez, interés legal del dinero incrementado en un 25%.

1:03:51 Si hay fallecimiento del obligado al reintegro, con cantidades todavía pendientes por reintegrar, las deudas se transmitirán al causahabiente y la obligación de reintegro cuidado, es independiente de la sanción que pudiese recaer más adelante, o sea, devuélveme la pasta primero, y luego sanción de cara a la pared por portarte mal conforme alguna de las causas del artículo 37 o las que vengan distintas en las normas reguladoras de cada subvención. Sigo. El procedimiento de reintegro tendrá siempre carácter administrativo, cuidado con el sub carácter administrativo. Procedimiento de reintegro las cantidades a reingresar tendrán la consideración de ingresos de Derecho público y el derecho a reconocer o a liquidar el reintegro por parte de la administración. Prescribe a los 4 años.

1:04:41 ¿Vale? Todo eso es lo que tenemos que tener en cuenta. ¿Y la prescripción de los 4 años, ya sea desde el plazo fin a justificar, desde la acreditación de la situación o desde el fin de las condiciones u obligaciones? Sí, porque esto es importante, tenemos reintegro, más interés de demora, causahabiente, reintegro, distinto de la sanción posterior, procedimiento siempre administrativo, ingreso de Derecho público y la prescripción a los 4 años. Vale, esto sería como la primera parte y ahora pasaríamos. Al procedimiento de reintegro. Procedimiento administrativo del reintegro el entorno real donde te van a pedir el dinero y nos movemos entre los artículos 41 a 43 y 94 a 101 del Reglamento por si quieres ampliar un poquito más de información, es muy sencillo y te va a resultar hasta casi conocido en más de una parte competencia para el reintegro. ¿Quién la tendrá?

1:05:35 El órgano concedente, Ministro y secretario de Estado en la AGE y también los subsecretarios, porque no lo decía así la ley del régimen jurídico de las Administraciones Públicas, cuando cuando se aprecie la existencia de alguno de los supuestos contemplados en el artículo 37, ahí el órgano concedente podrá exigir al beneficiario o a la entidad colaboradora el reintegro de las subvenciones mediante resolución muy importante tiene que haber resolución. ¿Cómo se inicia el procedimiento de reintegro? Cómo vamos a iniciar un procedimiento de reintegro administrativo de oficio de oficio por el órgano competente, ya sea por propia iniciativa, orden superior, petición razonada de otros órganos denunciado como consecuencia de un informe del control financiero de la intervención general de la Administración General del Estado de la IGAE, vale como consecuencia de un informe del control financiero porque la IGAE siempre está vigilando, pero se inicia de oficio por el órgano competente. El acuerdo que inicie el procedimiento de reintegro deberá indicarse en ese acuerdo la causa que determina el inicio, las obligaciones incumplidas por parte del beneficiario y el importe de la subvención que está afectada. Por ello, con el inicio del procedimiento se interrumpirá el plazo de prescripción.

1:06:49 Esos 4 años que teníamos claro cuando tenemos el acuerdo del inicio del procedimiento de reintegro este. El acuerdo como tal será notificado al interesado o a la entidad colaboradora dependiendo y se le dará un plazo de 15 días para que alegue o presente los documentos que estime oportunos durante todo el procedimiento de reintegro. ¿Se van a garantizar, en todo caso, el derecho a la audiencia, al interesado y detalle muy importante y pregunta de examen, cuál es el plazo para resolver y notificar un procedimiento de reintegro? ¿Cuidado, cuál era el plazo para resolver y notificar un procedimiento de subvención?

1:07:34 6 meses. ¿Te acuerdas si no contestaban 6 meses desestimado? Bien, esa es la subvención, pero ahora estamos en el de reintegro. ¿Cuál es el plazo para resolver y notificar un procedimiento de reintegro? Fíjate, aumenta 12 meses. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de un procedimiento de reintegro es de 12 meses desde la fecha del acuerdo de iniciación. Vale, teníamos que tener una resolución, pues en la misma resolución se va a establecer el plazo y la forma de ingreso de las cantidades que se tienen que reingresar y, por supuesto, en la resolución del procedimiento de reintegro pondrá fin a la vía administrativa y con ello, los recursos que procedan, que ya sabes cuáles son potestativo de reposición o directamente a la vía contenciosa.

1:08:23 ¿Bueno, pero qué ocurre si transcurre el plazo para resolver sin que se haya notificado la resolución del reintegro? El reintegro, más el interés de demora, es algo malo para el beneficiario. ¿Lo es, sí, verdad? Pues entonces, caducidad, como es algo malo para el interesado. Caducidad, si hubiese sido algo de petición o algo bueno, desestimación, pero como es un reintegro más una posible sanción más el interés de demora malo. Caducidad, pero cuidado que la caducidad no produce por si la prescripción y la administración podría volver a iniciar el procedimiento de reintegro siempre y cuando no pasen esos 4 años, pues ya lo tenemos listo, procedimiento de reintegro de oficio, 12 meses y fin a la vía administrativa. Título 3, del control financiero de subvenciones. ¿Te acuerdas que una de las cosas que podía dar inicio de oficio al procedimiento de reintegro provenía de un informe de control financiero emitido por la intervención general de la administración?

1:09:37 Del Estado. Pues es lo que vamos a ver, hoy es rapidito. No te voy a quitar mucho tiempo sobre quién se ejerce el control financiero. Beneficiarios y entidades colaboradoras que se verifica adecuada y correcta obtención de la subvención, su cumplimiento, su justificación, financiación de actividades subvencionadas, entre otras. ¿Quién tiene la competencia para el ejercicio de control financiero? Pregunta de examen. ¿Quién tiene la competencia? ¿La IGAE? La intervención general de la Administración del Estado tiene competencia para el ejercicio del control financiero sin. Perjuicio del Tribunal de Cuentas. ¿En qué puede consistir el control financiero? Pues en un examen de comprobación de registros contables, cuentas, estados financieros y la documentación de soporte, examen de operaciones individualizadas y concretas, comprobación de actos, comprobación de material, actuaciones concretas de la subvención y otras. Este control, además, puede extenderse a personas físicas o jurídicas que se encuentren asociadas a los beneficiarios, la IGAE.

1:10:37 Será también, además, el órgano competente para el control de ayudas y subvenciones financiadas total o parcialmente con cargo a fondos europeos. Todo esto, la intervención general. ¿Quién tiene la obligación de colaborar con la intervención general? ¿Quién tiene la obligación de colaboración? ¿Los beneficiarios? Las entidades colaboradoras y terceros relacionados con el objeto de la subvención o la justificación. Todos ellos están obligados a prestar colaboración e intervención general y a facilitar cuánta documentación sea requerida por esta. ¿La negativa, esa colaboración, cómo la vamos a considerar, resistencia, excusa, obstrucción o la misma negativa?

1:11:23 Que es una de las causas del artículo 37 de inicio de un procedimiento de reintegro y, además, una posible sanción posterior. Por otra parte, los funcionarios de la intervención general en el ejercicio de estas funciones de control financiero de las subvenciones en el. Ejercicio de este. Control, tienen una cualidad muy concreta, y es que van a ser considerados agentes de la autoridad mientras están en función del control financiero. Agentes de la autoridad y, por supuesto, deben guardar confidencialidad y secreto de los asuntos que conozcan por su trabajo perfecto. ¿Cómo se aborda el procedimiento del control financiero? Pues todo se adecua a un plan anual de auditorías que aprueba anualmente la intervención general. Se va a notificar a los interesados el inicio de las actuaciones de control relacionados con ellos directamente que estén dentro de ese plan anual, notificamos a los interesados con la fecha en que se va a hacer el control, la naturaleza del control, su alcance y otros. Las actuaciones del control financiero de la intervención general deben concluir.

1:12:45 En el plazo máximo de 12 meses, control financiero, plazo máximo 12 meses. Tenemos otra fecha de conclusión aquí, aunque puede ampliarse hasta 12 meses más en caso de especial complejidad o. Que haya habido. Ocultación de información o que sea necesario una documentación esencial. Conclusión de las actuaciones del control financiero. Máximo 12 meses. Posibilidad de. Ampliarlo en 12 meses más. Las actuaciones del control financiero se van a documentar en diligencias y en informes que ambos van a tener naturaleza de documento público. Los informes son los que vamos a notificar a los beneficiarios y al órgano gestor si el informe emitido por la intervención general sobre este control financiero sobre esa entidad que están controlando no es bueno.

1:13:39 Entonces, en ese informe se va a proponer un procedimiento de reintegro de todo parte de la subvención que el órgano concedente recibido. Ese informe deberá iniciar el expediente de reintegro en un plazo de 2 meses, pues ya está. Título, cuatro infracciones y sanciones administrativas en materia de subvenciones. Para empezar, tenemos un concepto de infracción que son las acciones y omisiones tipificadas en esta ley y que serán sancionables incluso a título de simple negligencia. Ya tenemos el concepto acciones u omisiones y nos pueden sancionar incluso por negligencia. Genial.

1:14:26 ¿Quiénes pueden ser los responsables para que los podamos sancionar? Pues cualquier persona física o jurídica, pública o privada, así como por ejemplo, podrían ser los beneficiarios, las entidades colaboradoras, un representante legal de un beneficiario que no tenga capacidad de obrar y otros terceros relacionados, sí beneficiarios, entidades representante de un beneficiario que no tenga capacidad de obrar y otros. ¿Hay algún supuesto de excepción de responsabilidad que me pueda marcar la ley para no ser sancionado? Sí que los hay, hay 3 supuestos de excepción en que no va a dar lugar a responsabilidad.

1:15:06 El primero de ellos es que recaiga en personas que no tienen capacidad de obrar. ¿Si no tienen capacidad de obrar, quién se va a encargar su representante legal, que es el que va a asumir las consecuencias? Es el primer supuesto, el segundo, que haya ocurrido causas de fuerza mayor y ahí tenemos una excepción de responsabilidad por algo que no podemos controlar. Y el tercero es que en una decisión colectiva sobre algo de la subvención, tú te hubieses abstenido o no asistido a la reunión. Y aquí tenemos las 3 causas, quienes que carezcan de capacidad de obrar por fuerza mayor y en una decisión colectiva que tú tuvieses abstenido o no asistido. Bien, ahí tenemos esas excepciones, pero cuidado. Si la infracción o la conducta podría ser constitutiva de delito, entonces paralizamos el procedimiento y lo ponemos en manos de la autoridad judicial que corresponda y esperamos a que se resuelva sí, concepto de infracción, responsables y unos supuestos de excepción de responsabilidad. Ahora entramos ya en infracciones y sanciones. ¿Cómo pueden calificarse las infracciones y las sanciones? Fácil, leves, graves, muy graves, genial. Pero antes, antes de unir infracciones y sanciones, vamos a ver unos pequeños detalles, pequeños, no tan pequeños, que debes de tener en cuenta por si acaso no lo pregunta en el examen.

1:16:34 Primero y con mucha lógica, no podemos imponer una sanción a una posible infracción sin el oportuno expediente administrativo. Tenemos que hacer un expediente con una resolución para poder sancionar. Cómo iniciamos el procedimiento sancionador en materia de subvenciones de oficio, siempre de oficio por el órgano competente. Vamos a dar audiencia al interesado y se va a tramitar todo conforme a lo que tenemos estipulado en la normativa general del procedimiento administrativo. ¿En qué plazo se debe resolver y notificar el procedimiento sancionador en materia de subvenciones? Cuidado. ¿En qué plazo resolvemos un sancionador en subvenciones?

1:17:15 6 meses y esta información no la tenemos en la ley, la encontramos en el Reglamento artículo 102. ¿Vale la resolución, si en dentro de tiempo y forma, qué va a hacer? ¿Poner fin a la vía administrativa y con ello los recursos que procedan, que ya te los imaginas, pero y si no hay resolución? ¿Es algo malo para el interesado? Es un sancionador, no me resuelve en esos 6 meses. ¿Si acudimos a la normativa general del procedimiento administrativo, qué ocurrirá después si no me resuelven caducidad? Vale, tenemos 6 meses en un sancionador. La resolución va a poner finalidad administrativa, pero si no me resuelven caducidad, claro, pero cuidado. Cuidado con no confundir plazos.

1:18:07 Vamos a echar un vistazo atrás. Primer plazo. Plazo para resolver el procedimiento general de una subvención, 6 meses. Plazo para resolver el procedimiento de reintegro, 12 meses. Plazo para resolver el control financiero que hacía la IGAE, 12 meses. Plazo para resolver el procedimiento sancionador de subvenciones, 6 meses 612126. Vale los cuatro bloques cada 1 con su plazo 612126 bien avanzamos. Las sanciones pueden ser pecuniarias de dinerete o no pecuniarias.

1:18:57 Dentro de las pecuniarias podemos encontrar que sean fijas o proporcionales. Si es fija a términos generales, puede ser una multa entre 70 y 5 y 6 €1000. Y si es pecuniaria pero proporcional, va a oscilar entre la cantidad indebidamente obtenida, aplicada o no justificada al triple de la misma desde la cantidad al triple, lo que me marca la ley como del tanto al triple, o sea, las pecuniarias tenemos fija y proporcional. Si es fija de 70 y 5 a 6 1000 si es proporcional del tanto al triple de la cantidad indebidamente obtenida, aplicada o no justificada. Pero cuidado que la multa pecuniaria es una sanción, pero es una sanción que es independiente de la obligación de reintegro que teníamos.

1:19:56 Por un lado reintegramos todo o parte lo que aparezca en el expediente reintegro y por otro la sanción que me pueda tocar pagar. Vale, ahora sí avanzamos un poquito más. Hemos visto que podían ser pecuniarias o no pecuniarias, pues si la infracción es grave o muy grave, se puede imponer, aparte de esa sanción pecuniaria, una sanción no pecuniaria solo en graves y muy graves, que puede consistir en hasta 5 años. Cuidado. 5 años a términos generales, luego lo desarrollamos 5 años de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y ayudas públicas, una prohibición de contratar de hasta 5 años y la posibilidad de actuar como entidad colaboradora hasta 5 años. Vale, esas son las no pecuniarias, pero solo se da en graves y muy graves, hasta 5 de posibilidad de pérdida de obtener subvenciones, ayudas, prohibición de contratar o actuar como entidad colaboradora. Bien, como te he dicho, vamos a deshacer un poco. Y volvemos cómo teníamos las infracciones, cómo podían ser leves, graves, muy graves, bien infracción leve, como por ejemplo, incumplimiento de obligaciones cuando no constituyan infracciones graves o muy graves, o la presentación fuera de plazo de la cuenta justificativa, o que esté inexacta o incompleta, o que tengas una falta de conservación de justificantes o estén incompletos, la resistencia, obstrucción, excusa o negativa a ese control financiero que hacía la IGAE.

1:21:27 En algunas causas, y siempre que no sea considerada como muy grave, vale todo esto como leve. Si cometes algún tipo de estas infracciones y tramitado el correspondiente expediente, te pueden sancionar de forma pecuniaria que estamos en las leves de forma pecuniaria, con una multa de 75 a €900 que no parecen mucho. Para empezar de 75 a 900,1 multa fija en leves. Pero cuidado si estamos en alguna de este listado. Infracciones algunas de este listado. Entonces la multa puede ser de 150 a €6000 vale entonces esa cantidad de multa fija de 75 a 900, pero si es este listado que ya son cositas un poquito mayores dentro de las leves de 150 a 6000.

1:22:18 Infracciones graves como por ejemplo, no comunicar que ha recibido otra subvención o ayuda para la misma finalidad, alterar sustancialmente los fines de la subvención, la falta de justificación de uso de los fondos una vez transcurrido el plazo para su presentación y alguna otra más que tenemos entonces ahí dentro de las graves, su posible sanción puede ser una una multa pecuniaria del tanto al doble. Cuidado del tanto al doble de la cantidad indebidamente obtenida, aplicada o no justificada. Vale y cuidado, pregunta examen. Si la cantidad indebidamente afectada representa más del 50% de tu subvención y además excede €30000, entonces, aparte de la multa económica del tanto al doble, puede ser sancionado con.

1:23:13 La pérdida de posibilidad de obtener subvenciones y ayudas públicas hasta 3 años que estamos en graves hasta 3 años, una prohibición de contratar con la administración pública hasta 3 años y la pérdida de posibilidad de actuar como una entidad colaboradora hasta 3 años sí vale infracción grave. Sanción pecuniaria del tanto al doble y si la cantidad supera al 50% de la subvención y excede de €30000 sanción. No pecuniaria de hasta 3 años de pérdida de posibilidad de obtener subvenciones, ayudas, prohibición de contratar o actuar como entidad colaboradora. Vale, claro, una más infracciones muy graves, obtener subvención falseando las condiciones para su concesión, no aplicación en todo o en parte de las cantidades recibidas para la que fue concebida la subvención.

1:24:09 La resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones del control, que se derive con ello de la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos, su cumplimiento, etcétera. Y lo que nos diga la egae vale, pero esta es la parte de muy grave posible sanción que tenemos ante una infracción muy grave, una multa proporcional que vaya del doble al triple. De la cantidad indebidamente obtenida, aplicada o no justificada, y si el perjuicio económico dentro de una muy grave excede de 30000, fíjate que aquí no hay porcentajes como en grave.

1:24:49 En grave era más del 50 y más del 50% y 30000 es muy grave, solo es si el perjuicio económico es cede 30000, entonces pérdida la posibilidad de obtener subvenciones, ayudas públicas, etcétera, hasta 5 años. Aquí ya son 5, el total prohibición de contratar hasta 5 años. ¿Pérdida de la posibilidad de actuar como una entidad colaboradora hasta 5 años sí, repetimos en muy graves multa pecuniaria del doble al triple de la cantidad y si excede de €30000, entonces hasta 5 años de posible pérdida de subvenciones, ayuda, prohibición de contratar y actuar como entidad colaboradora?

1:25:33 Bien. Bien, últimos trucos que tenemos ahora que son prescripción, competencia y extinción de la responsabilidad. Vale prescripción fácil, las infracciones prescribirán a los 4 años. Cuidado, infracción a los 4 años desde el día en que se hubiesen cometido infracción. Sanción prescribirá a los 4 años. Desde el día siguiente al que hubiese adquirido firmeza la resolución sí, es un pequeño detalle, pero muy importante en un examen. Infracción desde el día. Sanción desde el día siguiente a la firmeza a la resolución. Pregunta muy de examen en sanción en sanción de subvenciones.

1:26:18 ¿Quién tiene la competencia para la imposición de sanciones en subvenciones? Pues para la imposición de sanciones serán los competentes los órganos convocantes que van a ser los ministros y los secretarios de Estado en la Administración General del Estado. Pero vale, cuidado, ministro y secretario de Estado, pero si la sanción consiste. En lo que hemos visto para graves y muy graves consiste en la pérdida de obtener subvenciones, ayudas públicas, prohibición de contratar o actuar como una entidad colaboradora. Entonces, el competente para este tipo de sanciones no pecuniarias será el ministro de Hacienda, vale pecuniarias, ministro, secretario de Estado respectivo.

1:27:04 Las pecuniarias no pecuniarias, ministro de Hacienda, bien. Genial. ¿Y ya solo nos queda una cosita, que es cómo se extingue la responsabilidad de una comisión de una infracción por pago o cumplimiento de la deuda, prescripción desde el mismo día o desde el día siguiente, detenida lo que sea o fallecimiento del presunto responsable? Vale, ya lo tienes. Infracciones y sanciones en materia de subvenciones completo. Y ya es el momento de volver al escritorio, trabajar en el material de estudio y repaso, prepararte el podcast y darle calor a testea para que nunca nos sancionen en una pregunta fallada en materia de subvenciones, beso enorme. Te veo en el próximo vídeo.