Ley 15/2022 - Igualdad de Trato y No Discriminación
Ley 15/2022 - Integral para la igualdad de trato y la no discriminación, resumida para tu examen de oposición. El vídeo de la explicación en https://youtu.be/wgf94ThyYIQ
0:01 Muy buenas en el vídeo de hoy vamos a ver la Ley 15 2022, de 12 de Julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación. Este tipo de leyes a nivel personal, recomiendo siempre una leída rápida y completa para hacernos una composición de lugar de lo que nos están hablando. Luego ya nos ponemos con el repaso y con el estudio y con lo que nos pueden preguntar al examen, al margen de que pienso que este tipo de leyes son muy interesantes y muy de tener en la mano por nuestro día a día. ¿Dicho esto, primero su objeto de que trata de qué trata esta ley? Garantizar y promover el derecho a la igualdad de trato y la no discriminación, respetar la igual dignidad de las personas en el desarrollo de los artículos 9210 y 14 de la Constitución.
0:48 Regular los derechos y obligaciones de las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas. Establecer los principios de la actuación de los poderes públicos y medidas destinadas a prevenir, eliminar, corregir toda forma de discriminación directa indirecta en los sectores públicos y privados. Luego tenemos su ámbito subjetivo y su ámbito objetivo, y el subjetivo es el que reconoce el derecho de igualdad de trato y la no discriminación a toda persona, con independencia de su nacionalidad, edad o residencia. Nadie podrá ser discriminado por razón de nacimiento, sexo, religión, opinión, etcétera.
1:29 Aunque sí que nos matiza la ley, que pueden haber diferencias de trato razonables y objetivas, siempre y cuando se persiga lograr un propósito legítimo o que vengan una norma con rango de ley o sirva para mejorar las condiciones de vida, trabajo, condiciones, etcétera, etcétera. ¿Las obligaciones de esta ley serán de aplicación a quién al sector público, a las personas físicas y jurídicas que se encuentren, dónde? ¿Esto es muy muy preguntas examen, dónde se tienen que contar estas personas físicas y jurídicas en el sector público? Pues que se encuentren o actúen en el territorio español. Vale, cuidado con esto. Luego, en el ámbito objetivo que es el empleo, el empleo público, organizaciones políticas, sindicales, empresariales, educación, sanidad, transporte y cultura, nada. Eso es lo que tenemos, con el objetivo, por tanto, ahora ya sí que podemos pasar al título, uno derecho a la igualdad de trato y no discriminación que está compuesto por 2 capítulos, el capítulo uno nos habla de las disposiciones generales. El derecho protegido de esta ley implica la ausencia de toda discriminación.
2:41 Pregunta de examen, queda prohibida toda disposición, conducta, alto criterio o práctica que atente contra el derecho a la igualdad, la discriminación directa, la indirecta por la asociación por error, múltiples acosos, represalias, no se va a considerar discriminación la diferencia de trato que pueda justificarse con una finalidad legítima y como medio adecuado, necesario proporcionarlos para alcanzar esa finalidad legítima. Esto no se va a considerar discriminación bien. Todas las personas víctimas de discriminación, con independencia de todo, o sea, con independencia de todo. Cualquier víctima de discriminación y de su situación administrativa en el territorio español tiene garantizados unos derechos reconocidos en esta ley. ¿Qué derechos son esos?
3:26 Pues tienen derecho a recibir información completa y comprensible y además derecho a un asesoramiento jurídico gratuito en el momento previo a la interposición de la denuncia. Si avanzamos un poquito más en esta ley, ya tenemos las definiciones, definiciones que conocemos, vale, pero aunque así hay que leerlas, la discriminación directa. Discriminación a persona o grupo de personas tratadas de manera menos favorable. La discriminación indirecta, un clásico en todas las oposiciones, disposición, criterio o práctica aparentemente neutros que puedan ocasionar una desventaja. También tenemos la discriminación múltiple, discriminación inter seccional, acoso discriminatorio, inducción, orden o instrucción de discriminar las represalias, las medidas de acción positiva y la segregación escolar. Sí, hay que leerlas, vale, y hay que conocerla y hay que estudiarlas.
4:22 Las sabemos de otras leyes anteriores, bien son muy parecidas o iguales, pero por si acaso, da igual. Si no, las preguntas de las leyes que conocemos de igualdad, violencia, dependencia, etcétera, o no la preguntan por esta ley integral son prácticamente las mismas y sobre todo, la que es la indirecta. Vale. Con eso podemos continuar, pasamos al artículo 7, que es la interpretación, el segundo párrafo lo considero muy interesante y también muy preguntarle. Cuando se presentan diferencias, interpretaciones, las diferencias de interpretaciones se deberá preferir aquella que proteja con mayor eficacia a las personas o los grupos que sean afectados por conductas discriminatorias o intolerantes. La presente ley consagra esto es muy típico, unos niveles mínimos de protección y no perjudica las disposiciones más favorables establecidas en otras normas, debiendo prevalecer el régimen jurídico que mejor garantice la no discriminación.
5:16 O sea, que si hay varias normas que protegen sobre lo mismo, pues va. Se va a preferir siempre para que más proteja y como ya sabemos, este tipo de leyes que son estatales manejan unos niveles mínimos. A partir de aquí todo lo que queréis hacer de forma reglamentaria OA forma de ley, tanto las Comunidades Autónomas con las entidades locales hacia arriba, mejor que mejor. ¿Estos son unos mínimos que tienen que ocurrir en todo el territorio, no? Y, por supuesto, es discriminatoria. Pregunta examen, toda inducción, orden o instrucción de discriminar o de cometer una acción de intolerancia. Bien. ¿Pausamos un poquito, vamos al capítulo 2, qué nos habla? ¿Artículo por artículo del Derecho a la igualdad de trato y no discriminación del ámbito objetivo, vale?
6:03 Hay un montón de artículos, así que voy a remarcar simplemente algunas cosas que puedo considerar que algo de examen puede caer aquí. Esto no quita que haya que darle un buen vistazo a una leída completa a tus artículos, como ya hemos dicho al principio, una leída completa y rápida, y luego lo que nos entra artículo 9, derechos de igualdad de trato y no discriminación en el empleo por cuenta ajena. El punto 5. El empleador no podrá preguntar sobre las condiciones de salud del aspirante al puesto o el punto 6 por vía reglamentaria, se podrá exigir a los empleadores cuyas empresas tengan más de 250 trabajadores que publiquen la información salarial para analizar los efectos de las diferencias salariales que pueden haber ese punto y 5 o 6 del artículo 9 podría ser artículo 12.
6:49 Voy saltando vale derecho a la igualdad de trato y la no discriminación e intolerancia en organizaciones políticas, sindicales, empresariales, profesionales. ¿Y de interés social o económico? Estas organizaciones están obligadas a respetar el derecho de igualdad de trato y no discriminación en la admisión, inscripción o afiliación, su estructura orgánica y funcionamiento, la participación y el disfrute de cualquiera de las ventajas que ofrezcan a sus miembros. ¿Vale esa parte del artículo 12? Pasaríamos ahora al artículo 13. ¿Derecho a la igualdad de trato y no discriminación en la educación? Vale el apartado 2. En ningún caso los centros educativos que excluyan del ingreso por razón de alguna de las causas establecidas en esta ley. Vale que no haya discriminación, o sea, que en ningún caso esos centros podrán acogerse a cualquier forma de financiación pública, o sea que si hay centros que excluyen por alguna de las cosas que en esta ley esos centros no van a poder recibir dinero público, vale en la formación del profesorado, tanto inicial como permanente, se incluirá una formación específica en la atención educativa a la diversidad y a la igualdad de trato y la no discriminación. Como detallito vale, si pasamos ahora al artículo 15, que es el derecho de igualdad de trato y la no discriminación. En la atención sanitaria podemos encontrar lo siguiente, nadie podrá ser excluido del tratamiento sanitario o del protocolo de actuación sanitaria por la concurrencia de una discapacidad o por encontrarse en una situación de sinhogarismo o por la edad, o por sexo, o por enfermedades preexistentes o inter ocurrentes, salvo cuidado
8:22 que hay aquí, hay un saldo, vale por razones médicas debidamente acreditadas casi lo justifiquen, pero en principio nadie puede ser excluido de un tratamiento sanitario. En el mismo artículo tenemos lo siguiente, nadie podrá ser apartado o suspendido de su turno de atención sanitaria básica o especializada por en condiciones de igualdad ni ser excluido de un tratamiento sanitario por ausencia. Cuidado con esto, por ausencia documental o por un tiempo mínimo de estancia demostrable en el territorio español, en el territorio nacional. Cuidado con esto, nadie puede ser excluido de un tratamiento sanitario y nadie puede ser apartado o suspendido de una atención sanitaria básica. Pasamos ahora al artículo 20. Derecho a la igualdad de trato y no discriminación en el acceso a la vivienda.
9:09 Me quedo con una cosita en particular. Queda prohibido rehusar una oferta de compra o arrendamiento o rehusar el inicio de las negociaciones o de cualquier otra manera de impedir o denegar la compra o arrendamiento de una vivienda por razón alguna de las causas de discriminación previstas en esta ley. ¿Cuándo? Y es aquí donde tenemos que remarcar cuándo se hubiese realizado una oferta pública de venta o arrendamiento, no se puede realizar esa compra, arrendamiento o rosado. ¿Inicio de las conversaciones cuándo se ha realizado una oferta pública de venta o rendimiento? Vale y un apartado que también tienes que discriminar a una persona. En cuanto a los términos y condiciones de la venta arrendamiento, una vivienda que es discriminación vale del 20 podemos pasar al 22 medios de comunicación social, publicidad, Internet y redes sociales.
9:58 Aquí está todo abierto y mucho cuidado. Todos los medios de sociales, todos los medios de comunicación social respetarán el derecho a la igualdad de trato, evitando toda forma de discriminación. El tratamiento en el formato accesible a la información. En sus contenidos y en su programación se hará promoción de una imagen no estereotipada. Esto suena un montón de una imagen no estereotipada de las diferentes personas o grupos de población, incluyendo actividades de venta, publicidad, etcétera, etcétera. ¿Que tenemos la frase típica que nos van a preguntar, el examen se considera publicidad ilícita? La comunicación publicitaria, comercial o institucional que contenga elementos de discriminación. Esto también lo teníamos en la ley de publicidad. Bien con esto ya cerraríamos el título Uno y ahora podemos pasar al título 2.
10:49 Defensa y promoción de la igualdad de trato y la no discriminación en su capítulo uno tenemos las garantías de derechos, de igualdad de trato y no discriminación. Ante un incidente discriminatorio las autoridades encargadas de hacer cumplir esta ley tomarán las medidas oportunas para el garantizar que los hechos no vuelvan a repetirse. Lógico y normal, especialmente en los casos que la gente discriminador sea una administración pública, o sea cuidado. Las autoridades cuando se dan cuenta que hay una gente discriminador, y sobre todo si es una administración pública, vamos a poner límites, que esto no puede volver a ocurrir y menos en la administración pública, por favor. Son nulos de pleno derecho las disposiciones, pactos o cláusulas de los negocios jurídicos que constituyan o causen discriminación por alguno de los motivos que ya hemos visto o que están previstos en esta ley.
11:42 Saltándonos unas cuantas cositas vamos al artículo 29 legitimación en los procesos judiciales, que es algo que ya sabemos de otras leídas. Y lo sabemos muy bien. En el 30 tenemos la carga de la prueba. La inversión de la carga de la prueba, que supongo que os acordaréis cuando la parte actora o el interesado alegue discriminación o aporte indicios fundados de su existencia que va a ocurrir aquí, pues que corresponderá a la parte demandada OA quien se impute esa situación discriminatoria de la que aporte una justificación objetiva y razonable suficientemente probada de las medidas adoptadas y de su proporcionalidad. Las administraciones públicas podrán podrán, cuidado, no están obligadas, podrán dar traslado al ministerio fiscal de cualquier hecho o actuación que tengan conocimiento en el que se haya acreditado trato discriminatorio o del que, en su caso, pudiese derivarse responsabilidad penal. ¿Y ahí es cuando vamos a tratar cuando vemos que puede haber algo ya penal es cuando nos vamos al ministerio fiscal, pero cuidado con ese podrán los miembros del ministerio fiscal recibirán de manera obligatoria?
12:52 Formación especializada en todo este aspecto vale en todo tipo de discriminación. Pues ya podemos pasar al capítulo 2 de este título, que es la promoción del hecho, igualdad de trato y no discriminación en medidas de acción positiva. Las empresas resumo bastante, las empresas podrán asumir la recepción de acciones de responsabilidad social y, además, si hacen cositas buenas en todas estas cosas, pueden hacer uso publicitario de las acciones de responsabilidad en materia de igualdad de acuerdo con las condiciones establecidas en la legislación general de publicidad. Vale que hay donde también venía lo de la publicidad lícita y demás, o sea, que si las empresas la tengo cosas buenas se pueden poner la medallita. Y hacer publicidad de ello pasamos al artículo 34, estrategia estatal de la igualdad de trato y la no discriminación en él, instrumento principal de colaboración territorial de la administración del Estado para el impulso, desarrollo y coordinación de las políticas y los objetivos generales de las competencias establecidas en esta ley, sin perjuicio y respetando las competencias en el marco estatutario de las Comunidades Autónomas.
13:52 Vale que teníamos una serie de mínimos y a partir de ahí el de las Comunidades Autónomas. Cuidado con esto que viene ahora corresponde a la conferencia sectorial de igualdad. Su preparación, seguimiento y evaluación de esta estrategia estatal para la igualdad de trato y la no discriminación. ¿La aprobación de la estrategia a quién corresponde al Consejo de Ministros? ¿Preguntita, y la estrategia estatal tendrá un carácter? Cuidado. Cuatrienal. Palabra que no es habitual escucharla, pero puede ser muy pregunta de examen, corresponde a la conferencia sectorial de igualdad la preparación, seguimiento y evaluación de la estrategia estatal, la aprobación de la estrategia corresponde al Consejo de Ministros y la estrategia tendrá un carácter cuatrienal.
14:35 Pasando ahora los artículos 37 y 38, vemos que las administraciones públicas no subvencionarán a personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sancionadas por resolución administrativa firme en infracciones calificadas como muy graves. O sea que no le van a poder dar dinero a todas las personas físicas o jurídicas que sean públicas y privadas que han sido sancionadas con carácter firme por. Infracciones calificadas como muy graves los poderes públicos formarán a su personalidad en igualdad de trato y la no discriminación de forma teórico práctica, vale, y ahí teníamos otro detalle. Podemos pasar ahora al título cuatro, que aquí tenemos a la autoridad independiente para la igualdad de trato y la no discriminación, que es la que va a controlar, manejar y ver todo lo que hemos visto hasta ahora, desde un escalón por encima de qué se encarga esta autoridad independiente se encarga de proteger y promover la igualdad de trato y la no discriminación en en de las personas, causas y ámbito competencial del Estado que esté comprendido esta ley es una entidad con derecho público, dotada de personalidad jurídica propia.
15:42 Plena capacidad pública y privada que actúa en el cumplimiento de sus fines con plena independencia y autonomía funcional respecto a las administraciones públicas. O sea, que es como su propio nombre indica, autoridad independiente para que no haya ningún tipo de discriminación, ni público, ni privada, ni entre personas físicas, entre personas jurídicas de ningún tipo. Autoridad independiente. Preguntas que pueden caernos de la autoridad independiente en el examen, la persona titular de la autoridad y pendiente para la igualdad de trato de discriminación, será nombrada por un mandato de 5 años sin posibilidad de renovación. Se hará mediante un real decreto del Gobierno entre quien entre personalidades de reconocido prestigio en defensa y promoción de la igualdad de trato y la lucha contra la discriminación.
16:34 O sea, que quien dirige la autoridad independiente un mandato de 5 años sin posibilidad de renovación mediante real Decreto por el Gobierno entre personas de reconocido prestigio, entre defensa y promoción de la igualdad de trato y la lucha contra la discriminación. ¿El cuidado a lo que viene ahora, quién trabaja dentro de esta autoridad independiente? El personal al servicio de la autoridad independiente será, con carácter general, funcionario de carrera o en su caso, personal laboral, todos ellos procedentes de organismos nacionales o internacionales. ¿Con qué, con funciones en materia de igualdad de trato y no discriminación? No, cualquiera bien, pero resumimos. Funcionario de carrera laboral.
17:16 De organismos nacionales e internacionales, pero que entre sus funciones de estos organismos tengan materia de igualdad de trato y no discriminación. ¿La autoridad independiente para la igualdad de trato y la no discriminación prestará cuánta colaboración les sea requerida por quién? Por las Cortes Generales, por los órganos jurisdiccionales, por el ministerio fiscal, por el Defensor del Pueblo y las administraciones públicas. Además, esta autoridad independiente podrá celebrar contratos de cola, perdón, convenios de colaboración con el Defensor del Pueblo u otros organismos similares de las comunidades Autónomas. Convenios de colaboración la autoridad independiente con el Defensor del Pueblo. ¿Vale las funciones de la autoridad independiente las tenéis en el artículo 40 nada más empezar, así que una leída son bastantes, son interesantes, no?
18:03 Sí o sí, son de pregunta de examen, pero por lo menos conocerlas al menos una vez. Cerramos aquí a la autoridad independiente y pasamos al título cuatro. Tenemos las infracciones y las sanciones. Este es un tema que siempre he visto comentar salvo que sea necesario para vuestra oposición, o sea que tiene que venir muy específico en vuestro programa, que para esta ley integral vale sea muy necesario que conozcáis las infracciones y las sanciones. ¿Por qué? Porque se nos mezcla con los con los plazos y con los tipos de sanciones que conocemos. Las normas generales. Por eso, con este tipo, con este tipo, con este título cuatro con mucho cuidado, infracciones y sanciones, una pequeña pincelada por si acaso, no es como un preguntar sobre ello.
18:44 Cómo pueden ser las infracciones leves, graves o muy graves multas que pueden oscilar entre estas infracciones leves y graves muy graves, de 300 a 10000 EUR, en leves, de 10000 EUR a 40000 EUR, en graves, de 40001 EUR a medio millón en muy graves. Todo ello va a depender este abanico que tienen de 306000, de 10000 a 40000, de 40000 a medio millón, dependiendo del grado que puede ser 1° mínimo, 1° medio 1° máximo dentro de las leves, graves o muy graves, según se aplique en cada sección. Prescripción de la infracción. 1 año 3 años 4 años, prescripción de la sanción 1 año 4 años 5 años y el procedimiento sancionador tiene que resolverse y notificarse en 6 meses.
19:27 Yo creo que esto es suficiente, incluso excesivo para nuestro caso de la oposición. ¿Vale? Y para rematar. ¿El vídeo y la ley tenemos el título 5 que son 2 artículos, una leída habla de la atención, apoyo e información a las víctimas de la discriminación y la intolerancia, una pequeña leída? ¿No veo muy pregunta de examen, pero hay que conocerlo, vale? Pues yo creo que ya está hasta que hemos llegado con la Ley 15 2022 integral de la igualdad de trato y de la Escrituración que hemos visto ámbito subjetivo y objetivo, derechos, definiciones, defensa y promoción y lo más interesante a la autoridad independiente para la igualdad de trato y la no discriminación. Espero que este vídeo os haya servido que os valga un poco de ayuda para continuar con el estudio. Muchas gracias por la paciencia, con esos anuncios en breve. Os publico el resumen y nos vemos en el próximo vídeo hasta otra.
20:40 La.
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