May 17, 2025

3.- Ley 7/1985 - Título II & Cap. 1 ( Arts. 15 a 18) | Ley de Bases de Régimen Local

3.- Ley 7/1985 - Título II & Cap. 1 ( Arts. 15 a 18) | Ley de Bases de Régimen Local
3.- Ley 7/1985 - Título II & Cap. 1 ( Arts. 15 a 18) | Ley de Bases de Régimen Local
OPOSITAR ES DE VALIENTES por Paco Barbié
3.- Ley 7/1985 - Título II & Cap. 1 ( Arts. 15 a 18) | Ley de Bases de Régimen Local

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local - TÍTULO II. El municipio - CAPÍTULO I. Territorio y población - POBLACIÓN | Oposiciones

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0:00 ¿Muy buenas en el vídeo de hoy seguimos en el título dos, capítulo 1 de la ley reguladora de las bases del régimen local, territorio y población, pero qué toca hoy? ¿Población? Artículos 15 a 18. ¿Vives en España? Pues te toca inscribirte en el padrón del municipio donde resides, tienes varios municipios y vas cambiando una noche en la ciudad, otra noche en la playa, el fin de la montaña, lo más normal de un empleado público de ahora. ¿Entonces, qué debes hacer? Pues inscribirte en el lugar donde pases más tiempo al año. ¿Qué nos dice la ley? Que toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el padrón del municipio que resida habitualmente y quien viva en varios municipios deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al año.

0:48 Vale, me inscribo en el padrón municipal donde residuo habitualmente o en el único sitio donde residuo. ¿Pero qué es el padrón municipal? Es un registro administrativo donde constan los vecinos del municipio, por eso constituye la población del municipio el conjunto de personas inscritas en el padrón, los inscritos en el padrón qué son los vecinos del municipio y cuando adquirimos la condición de vecino en el mismo momento de su inscripción en el padrón, sí vale padrón municipal, registro administrativo donde constan los vecinos del municipio. Y la condición de vecino la adquirimos en el mismo momento que nos inscribimos en el padrón perfecto.

1:34 ¿Por eso tener cuidado que cuando se está cerrando la puerta del ascensor y de repente escucháis, EH, vecino espera vecino, perdona, estás inscrito en el padrón? ¿No? Pues ahí te quedas. Los datos del padrón constituyen prueba de residencia. Tanto en el municipio como en el domicilio donde están los datos del padrón son prueba, salvo que seas extranjero sin autorización de residencia de larga duración en España, que entonces tienes que renovar esa inscripción cada 2 años. ¿Si no renuevas la inscripción cada 2 años que ocurre aquí siendo un extranjero sin la autorización de residencia de larga duración en España que se produce la caducidad?

2:18 De la inscripción sin necesidad de audiencia al interesado. Por eso también nos dice la la ley aquí o nos advierte que la inscripción de extranjeros en el padrón municipal no constituye una prueba que estén inscritos en el padrón no constituye una prueba de su residencia legal en España ni se les atribuye ningún derecho, especialmente los derechos y libertades que tenemos reconocidos para los extranjeros en España en la Constitución. Bien, el padrón emite certificados. Vale certificados, que puede ser pues individuales, colectivos o históricos, esos que a veces nos pide alguna administración pública o alguna empresa para acceder a sus servicios o suministros. ¿Estos documentos, estos certificados que expide el padrón, tienen la condición de documento público y fehaciente a todos los efectos, vale? Certificados del padrón, documento público y fehaciendo todos los efectos y como el padrón además es un registro administrativo que emite documentos y copias, yo te recomiendo que no está demás volver a echarle un vistazo a los artículos de la emisión de documentos y copias realizadas por las Administraciones Públicas que tenemos en la ley de procedimiento administrativo.

3:29 Seguimos. ¿Qué datos son obligatorios? ¿O qué datos obligatorios debe contener el padrón municipal? Fáciles nombre y apellido, sexo, domicilio habitual, nacionalidad, lugar y fecha de nacimiento. Luego puede ser DNI, NIE, pasaporte o visado, certificado académico que poseas el superior normalmente y otros datos que puedan ser necesarios para el censo sí. O sea, nombre y apellido, sexo, domicilio, nacedad, lugar y fecha de nacimiento, DNIE, pasaporte o visado, certificado académico y otros que nos puedan establecer las normas.

4:10 Bien, estos son los obligatorios, pero es que luego tenemos que la información del censo se puede ampliar con aportaciones voluntarias de los interesados de los vecinos, como puede ser el teléfono, el correo electrónico o también, por ejemplo, la representación de otros vecinos, etcétera. Bien, pregunta. ¿Se pueden ceder los datos obligatorios que se recogen en el padrón municipal? Sí se puede. Los datos obligatorios sí se puede a otras Administraciones Públicas, no a cualquiera. A otras Administraciones Públicas sí se puede acceder, pero hay una serie de condiciones. La primera que mola bastante, que es pregunta de examen más de una vez sin consentimiento previo de la persona.

4:56 O sea, que entre padrones se puede, entre otras Administraciones Públicas, los datos obligatorios del padrón sí se pueden ceder sin consentimiento previo de la persona, solo cuando es necesaria para el ejercicio de las competencias de la otra administración pública y exclusivamente en asuntos de residencia, domicilio o para elaborar estadísticas. Vale, entonces esos datos obligatorios sí se pueden ceder a otras Administraciones Públicas sin consentimiento. Solo cuando es necesario para las competencias de otras Administraciones Públicas y exclusivamente el asunto de residencia, domicilio o estadísticas. ¿Otra pregunta, se pueden ceder los datos de aportación voluntaria?

5:42 Ya hemos visto que los obligatorios sí se pueden ceder a otras Administraciones Públicas con una serie de condiciones. Ahora los de aportación voluntaria, que era el correo electrónico, el teléfono, la representación, etcétera, se pueden ceder. No, en ningún caso. Cuidado con este tipo de pregunta. Los de aportación voluntaria no se pueden ceder los obligatorios, sí los de aportación voluntaria. No vale. Supongamos ya que eres vecino del municipio, la gente no te hace el vacío por las calles y ya hueles a autóctono. ¿Qué derechos y deberes tienes en ese municipio?

6:22 Pues mira, el primero de ellos a ser elector y elegible. O sea, puedes votar en los comicios municipales y puede ser votado si te presentas, claro, especial mención aquí al artículo 13, dos y 23 de la Constitución y a lo mejor un poquito de la Ley Orgánica del régimen Electoral general, artículos 6 y 31 y siguientes. Vale, también tienes derecho a participar en la gestión municipal cuando eso esté permitido por ley. Los órganos de Gobierno de la administración municipal, cuando nos soliciten colaboración voluntaria, si entras en la web del ayuntamiento, pues suelen encontrarse este tipo de procesos participativos a participar en la gestión municipal. También puedes utilizar los servicios públicos municipales, lógicamente, agua, limpieza de calles, jardines, seguridad, transporte público, parques, escuelas, etcétera, etcétera.

7:04 Y además de poder utilizar esos servicios públicos municipales, también puedes hacer uso de los aprovechamientos comunales. Tienes derecho al aprovechamiento comunal. Cuidado con el aprovechamiento comunal, porque sí que pueden ampliar un poquito más, que nos pueden decir que son bienes de dominio público, pero su aprovechamiento corresponde solo a los vecinos, a los vecinos del municipio, bienes de dominio público, pero su aprovechamiento solo corresponde a los vecinos del municipio. Eso sí, los bienes comunales solo pueden pertenecer a municipios y entidades locales menores. Ojo con ese detalle, municipios y entidades locales menores también. ¿Tienes derecho y deber a contribuir con prestaciones económicas y personales a la realización de competencias municipales? Pues un poquito, así como vienen ser impuestos, tasas, contribuciones, también un servicio de voluntariado, etcétera, etcétera.

7:55 Contribuir mediante prestaciones económicas y personales a la recepción de las competencias municipales. También tienes derecho al acceso a todos los expedientes de comunicación, de documentación municipal, previa solicitud, y a ser informado de los mismos que haya en el propio municipio, claro, todo esto bajo el amparo del artículo 105 de la Constitución y, por supuesto, la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantías de Derechos Digitales. ¿Qué más derechos y deberes tienes? Pues a la consulta popular, conforme al artículo 71, a exigir el establecimiento y prestaciones de servicios públicos. Eso sí, cuando sea una competencia municipal obligatoria, tienes derecho a exigir ese establecimiento y esa prestación a la iniciativa popular. Pero estos solo es para los vecinos que gocen de sufragiativo en el municipio y cumpliendo con los porcentajes necesarios, y también a otros derechos y deberes que se vaya especificando en cada municipio.

8:48 Toma ya derechos y deberes de los vecinos del municipio. Ahora que ya conocemos a la población por su padrón, conocemos a los vecinos y sabemos cuáles son nuestros derechos y deberes. ¿Quién se encarga de la formación, mantenimiento, revisión y custodia del padrón municipal? Formación, mantenimiento, revisión y custodia del padrón municipal, quien se encarga el ayuntamiento. Este tipo de actuaciones le corresponde al ayuntamiento, formación, mantenimiento, revisión y custodia. Luego, aparte de todo lo que hace el ayuntamiento, los órganos de la Administración General del Estado que les corresponda pueden remitir o deben remitir información periódicamente.

9:43 Sobre variaciones de datos de los vecinos que deban figurar en el padrón, por ejemplo, que la formación académica haya cambiado. Ese es un dato que la Administración General del Estado remitirá periódicamente para variación de los vecinos en el padrón. Esa puede ser una de las cosas, pero la formación, mantenimiento, revisión y custodia es del ayuntamiento y los órganos de la AGE pueden periódicamente remitir información. ¿Vale otra pregunta, a quién? Le corresponde la gestión del padrón municipal, a quien pues también la de ayuntamiento. La gestión del padrón municipal, así como la formación, mantenimiento, revisión y custodia, le corresponde todo al ayuntamiento.

10:30 Por eso los ayuntamientos van a realizar actuaciones y operaciones necesarias para mantener actualizados sus padrones municipales. ¿Todo esto es lo que tiene que hacer el ayuntamiento, pero qué ocurre si no lo hace? ¿Colleja? ¿Evidentemente, por parte de quién vendría la colleja cuando el ayuntamiento no realiza todas las actuaciones para mantener actualizado su padrón? Pues por parte del Instituto Nacional de Estadística, si un ayuntamiento no actualiza su padrón municipal, el Instituto Nacional de Estadística puede requerirle que lo haga concretando la inactividad de lo que no está haciendo. Todo ello va a ser previo informe de un Consejo de Empadronamiento. Ostras, tenemos aquí un órgano nuevo, Consejo de empadronamiento, que el Consejo de empadronamiento está presidido por el la persona que dirige el Instituto Nacional de Estadística.

11:24 Es un órgano colegiado y actúa en pleno y en comisión, vale. El Instituto Nacional de Estadística va a requerirle al Ayuntamiento concretando la inactividad con un previo informe del Consejo de Empadronamiento y si no lo hace en el plazo establecido que le dice el INE, lo realizará el mismo INE a través de la ejecución subsidiaria, como esa medida de ejecución forzosa que volvemos a tener, aquí metemos el calzo a la Ley 39 2015 bien. Esto es el ámbito normal. Oye ayuntamiento, no lo estás actualizando correctamente, soy el INE, te estoy mirando, te hago un requerimiento, también un informe del Consejo del plazo de Adecuamiento y te doy un plazo para hacerlo si no me lo haces.

12:05 Ejecución subsidiaria. Bien, esto es todo de buenas, digamos, pero también puede darse el caso que el Ayuntamiento. Rechace el requerimiento del Instituto Nacional de Estadística. ¿Entonces qué ocurre aquí? Pues el INE es el INE y dice bien, voy a hacerlo por ejecución subsidiaria igualmente, y además tengo la posibilidad de meterte un recurso jurisdiccional correspondiente que ya veremos cuál te toca bien. Los casos normales, los ayuntamientos enviarán al INE los datos de padrones. ¿Para qué esto? El caso normal es de forma habitual que no haya problemas. Los ayuntamientos se lo envían toda línea para coordinar con los patrones de todos los municipios, para que no hayan historias raras, ni duplicidades, ni cositas peores. También cuidado, porque el estudio nacional de estadística puede ceder los datos de su base patronal a otras Administraciones Públicas, pero con las mismas condiciones que antes.

13:01 ¿O sea, el ayuntamiento podía hacer sus datos obligatorios? Sí, los voluntarios, no el línea. ¿Qué hace? Recoger todos los datos y también estar. Custodiando, mirando, comprobando que todo está bien. Pero es que el INE también puede ceder los datos de toda su base patronal con las mismas condiciones para otras Administraciones Públicas. ¿Los datos obligatorios? Sí, los datos voluntarios no, perfecto, ya queda poquito. ¿Qué ocurre si un ayuntamiento por insuficiente capacidad económica o de gestión? No puede hacerse cargo de mantener los datos de forma automatizada. O sea, el ayuntamiento quiere, lo intenta, pero no lo consigue porque le falta materia económica o porque le falta personal para la gestión.

13:52 ¿Qué ocurre aquí si este ayuntamiento no puede hacerse cargo de mantener sus datos de forma automatizada? Pues en este caso el control del padrón municipal lo va a asumir la Diputación Provincial. ¿El Cabildo o el Consejo insular correspondiente? Si no puede el ayuntamiento porque no puede en materia económica o de gestión, pues ahí está la Diputación Provincial para hacerse cargo. Cabildo o Consejo insular. Este hecho de asumir competencias de la Diputación Provincial, Cabildo o Consejo correspondiente ocurre más de una vez. Ocurrirá más de una vez cuando el ayuntamiento no pueda asumir sus competencias. Pues chicos, ya lo tenemos. Población y vecinos ya está. ¿Qué hemos visto?

14:35 Toda persona está obligada a escribirse en el patrón del municipio donde reside y se reside en varios municipios en el que pase más tiempo. Conjunto de personas inscritas en el padrón es la población, los inscritos son los vecinos, la condición de vecino cuando se adquiere en el mismo momento de inscripción. El padrón municipal es un registro administrativo, sus datos que son prueba de residencia y de domicilio. Hay datos obligatorios. Y datos voluntarios. Los primeros se pueden ceder a otras Administraciones Públicas. Los voluntarios. No existe un Consejo de empadronamiento que está presidido por el Instituto Nacional de Estadística, órgano colegiado, y funciona en pleno y en comisión. el Instituto Nacional de Estadística. el INE vigila la llevanza de los padrones, formación, mantenimiento, revisión, custodia y también la gestión a quien se encarga a los ayuntamientos. Y en caso de no poder hacerlo por incapacidad o de económica o de gestión, se encargan las diputaciones provinciales que habildos o consejos insulares para todo ello. ¿Tenerlo con una gestión informatizada y todo esto para qué?

15:30 ¿Pues para que te pregunten luego niño, y tú de quién eres? Soy yo el tercero de la paqui, la del Quinto, la del portal verde, sí, ese Ah señora, déjeme que tengo que preparar material de estudio para este vídeo. También tengo que preparar el podcast y todo lo demás lo tienes en testea un beso. Te veo en el próximo vídeo.