Aug. 17, 2024

12. Constitución Española - Título IV - Del Gobierno y de la Administración

12. Constitución Española - Título IV - Del Gobierno y de la Administración
12. Constitución Española - Título IV - Del Gobierno y de la Administración
OPOSITAR ES DE VALIENTES por Paco Barbié
12. Constitución Española - Título IV - Del Gobierno y de la Administración

12.- Constitución Española - Del Gobierno y de la Administración (Título IV)
Puedes ver el vídeo en: https://youtu.be/j0zKjRlA-cQ?feature=shared

12.- Constitución Española - Del Gobierno y de la Administración (Título IV)
Puedes ver el vídeo en: 👉YouTube▶

0:00 Muy buenas. En el vídeo de hoy vamos a ver el título cuatro de la Constitución, del Gobierno y de la administración. Nos vamos a mover entre los artículos 90 y 7 a 107. ¿Te voy a hacer una pregunta que ya nos hemos hecho anteriormente, pero hay que volver a ella sí o sí? ¿De los 3 poderes que tenemos bien diferenciados en la Constitución, cuál es este? ¿Cuál es el Gobierno, el Ejecutivo perfecto? ¿Por qué? Porque el Gobierno ejerce la función ejecutiva. Y también la potestad reglamentaria, que es la capacidad de crear reglamentos que son normas de rango inferior a la ley, de acuerdo con la Constitución y las leyes. También el Gobierno dirige la política interior y exterior con sus actos y sus decisiones, y también dirige la defensa del Estado, que aunque ya sabemos que el mando supremo de las Fuerzas Armadas le corresponde al rey, es realmente el Gobierno el que tiene la competencia de dirección de defensa. Y para ello podemos volver a consultar al artículo 5. Y siguiente de la ley de Defensa Nacional de la Ley Orgánica de Defensa Nacional.

0:58 Luego tenemos también que el Gobierno dirige la administración civil y la administración militar. Vale, y es aquí, en esta parte en concreto, donde el Gobierno entra como en una posición de dualidad, es como si se desdoblase de una bola grande, la dividimos en dos. ¿Vale, por qué? Porque por un lado tenemos al Gobierno político, gobierno, Gobierno, vale, gobierno político que elegimos cada 4 años normalmente, salvo casos excepcionales como parte política, y también tenemos al gobierno, administración. Como órgano superior de la Administración General del Estado. ¿Por qué es esto? Pues básicamente porque nos podemos ir al artículo pues 55 de la Ley 40 2015. ¿Y la pregunta del examen típica, quiénes son los órganos superiores de la Administración General del Estado, los Ministros y los secretarios de Estado?

1:46 ¿Ves en la misma persona órgano? Que es el Ministro político que forma parte del Gobierno. También es el ministro administrativo que forma parte de la administración como órgano superior de la misma. También, aunque es obvio que el Gobierno y administración son órganos distintos, lógicamente están estrechamente vinculados porque muchas veces convive todo en la misma persona. El Ministro político con el ministro de Administración, vale. ¿Por eso, y así nos deja claro un poquito lo que es el título de la construcción del Gobierno y de la Administración, vamos a ver el Gobierno político desde el artículo 90 y 7 a 102, vale, y aún así, Fíjate si quieres, podemos ahondar un poquito más en esta supuesta dimisión el Gobierno político, gobierno, Gobierno, qué ley le va a regir? ¿Qué ley le va a manejar?

2:43 ¿La ley del Gobierno, la ley 50 de 1997 y al gobierno Administración qué? ¿Qué ley le va a manejar al gobierno administración? ¿La Ley 40 2015 del régimen jurídico del sector público? ¿Vale, aunque van cogidas de de la mano completamente, porque Fíjate que también podemos encontrar detalles entre estas dos leyes, vale? Artículo 2 2 J de la Ley del Gobierno, le corresponde al Presidente del Gobierno crear, modificar o suprimir por Real Decreto, que esto es también muy pregunta, examen por Real Decreto los departamentos ministeriales, presidente del Gobierno por Real Decreto crear, modificar o suprimir parte política vale 2 2 J de la ley del Gobierno y ahora nos podemos ir al artículo 57 de la Ley 40. La Administración General del Estado se organiza en Presidencia, Gobierno y ministerios, el Ministerio de la Presidencia y otros ministerios.

3:34 ¿La determinación del número, la denominación y el ámbito de competencia de los ministerios y de las Secretarias de Estado se establecen por qué? Por Real Decreto del Presidente del Gobierno. La parte administrativa, una la tenemos en la ley del Gobierno, otra la tenemos en la Ley 40 2015. ¿Y aunque parece que las hayamos separado en dos bolas completamente distintas, que es el Gobierno político y el gobierno administración siguen realmente juntas porque se nos vuelven a unir donde en la ley contencioso administrativa, en la Ley 2998, ya que ambos tanto gobierno político como gobierno Administración, qué hacen producen actos administrativos? Vale bien, pues vamos a trabajar el Gobierno político, vamos a empezar con ello.

4:21 ¿Cómo está compuesto el Gobierno por el Presidente, los ministros y Vicepresidentes, en caso de que existan y demás miembros que establezca la ley, presidente, ministros y Vicepresidentes, en caso de que se establezcan que pueden existir o no, y los demás miembros que establezca la ley? ¿Qué ley? Pues ya lo hemos dicho, ley del Gobierno que en su artículo 1.2 me dice esto. El Gobierno se compone de presidente, Vicepresidente o Vicepresidentes, en su caso, de que existan y ministros y nadie más. Fíjate la diferencia entre la Constitución y la ley, dice, la Constitución me lo deja abierto como y lo que diga la ley, pero la ley me dice, Cuidado, la ley dice esto, Gobierno, Vicepresidente o Vicepresidentes.

5:08 En caso de que existan y ministro ya está aquí no cabe nadie más vale. El Presidente como tal, dirige la acción del Gobierno y coordina las funciones con el resto del Gobierno de los miembros del Gobierno perfecto. ¿Qué funciones podrán ejercer los miembros del Gobierno? Pues muchas, muchísimas, principalmente las que tenemos enumeradas en la Constitución, en la ley de Gobierno y también en la Ley 40 2015. Pero lo que sí que sabemos es la parte positiva de lo que no podrán ejercer. Vale que tenemos ahí una lista positiva de lo que no pueden ejercer. No pueden ejercer otras funciones representativas que las propias del mandato parlamentario. Ni funciones públicas que no deriven de su cargo, ni actividad profesional, ni actividad mercantil alguna. Vale la ley como tal nos deja ahí abierta la ley regulará el Estatuto de incompatibilidades de los miembros del Gobierno. ¿Li pues la ley reguladora de alto cargo, la ley que actualmente tenemos, que es la 3:02 H 1015 seguimos otra pregunta, a quién le corresponde? Después de cada renovación del Congreso, los diputados, previa consulta con los representantes designados de los grupos políticos a través de ese refrendo del Presidente del Gobierno, proponer a un candidato a la Presidencia del Gobierno.

6:25 ¿Resumiendo, a quién le corresponde proponer a un candidato a la Presidencia del Gobierno? ¿Te lo sabes al rey? Entre muchas las funciones que tiene y repasamos, también podemos repasar el vídeo de la corona. Era la de proponer un candidato a la Presidencia del Gobierno. Lógicamente, esta propuesta se hace tras las elecciones y hacía una persona en concreto que tenga posibilidades de ser embestida Presidente por el número de votos escaños obtenidos a su partido en las últimas elecciones. ¿Una vez que el rey ya realiza esta propuesta, qué deberá hacer el candidato propuesto que se encuentra ahí? Pues vamos.

7:06 Lo primero es exponer su programa político. ¿Ante quién? ¿Ante el Congreso de los Diputados y el Senado se lo tiene que exponer a él? No, no, aquí no solo ante el Congreso, el Senado aquí no entra en juegos, mira desde el palco todo lo que ocurre, todo el proceso de exposición del programa político, el desarrollo de la sesión de investidura y todo lo demás. Lo tienes regulado entre los artículos 170 172 del Reglamento del Congreso, por si te entra en tu programa de estudio o por si tienes curiosidad. Luego votación en el Congreso de ese propuesto Presidente. ¿Qué mayoría hará falta en el Congreso de los Diputados para convertir a la persona propuesta en Presidente del Gobierno? ¿Mayoría absoluta?

8:03 Si lo consigue, consigue una mayoría absoluta del Congreso de los Diputados. Esa persona propuesta, el rey lo nombra presidente bien primera parte. ¿Pero qué ocurre si no lo consigue en esta primera vuelta por mayoría absoluta? Es una fórmula que ya conoces. ¿Si yo no consigo por mayoría absoluta, qué hago? Me espero 48 horas tranquilamente y vuelvo a solicitar la confianza de la Cámara, pero en este caso me hace falta mayoría absoluta, no me hace falta mayoría simple. Rebajo un poquito el listón si lo consigo por mayoría simple. En segunda vuelta, después de 48 horas el rey me nombra presidente. ¿Pero y qué pasa si tampoco lo consigo en esta segunda vuelta? Pues que me apartan.

8:47 Y se podrán realizar otras propuestas de otros candidatos con las mismas condiciones anteriores. Reunión con el rey, mayoría absoluta, sino mayoría simple. ¿Si no se aparta y vuelve a empezar, vale? ¿Hay algún plazo en el que debamos de parar este? Juegos de elección de Presidente del Gobierno, en caso de que ninguno obtenga la confianza de la Cámara, o sea, imaginaros que estamos todo el rato, te proponen mayoría absoluta, no mayoría simple, no fuera otro mayoría absoluta, no mayoría simple, no otro. ¿Hay algún momento en el que tenemos que pagar? ¿Hay algún plazo máximo aquí? ¿Sí, qué plazo? Dos meses desde la primera votación, si nadie hubiese conseguido la confianza del Congreso, cuidado con esos detalles, que es dos meses.

9:35 Pero desde la primera votación, aquí que ocurre que el rey, con el refrendo del presidente del Congreso, disolverá las cámaras las dos si las dos, pero si el Senado aquí no tiene nada que ver. Pues se aguanta también se va a fuera, se va al Congreso y se le dice al Senado que haga el favor de cerrar la puerta por fuera. El rey disuelve ambas cámaras y convoca otra vez nuevas elecciones. ¿En qué plazo vamos a tener esas elecciones? Volvemos al artículo 68 que ya hemos visto en los vídeos anteriores, entre los 30 y 60 días desde la terminación del mandato y el Congreso será convocado dentro de los 25 días siguientes a la celebración de esas elecciones.

10:16 Vale bien, hasta aquí nos imaginamos. ¿Que alguno de los candidatos ha conseguido la confianza del Congreso? ¿Hay algún requisito especial para poder ser Presidente del Gobierno? Sí, lo hay, pero no lo marca la Constitución, lo marca la ley del Gobierno en su artículo 11, que tiene que ser español, mayor de edad, disfrutar de los derechos de sufragio activo y pasivo y no estar inhabilitado para ejercer cargo público por sentencia judicial firme. Vale. Y hasta aquí cerramos la elección del Presidente del Gobierno. Ahora le tocaría el turno al artículo 100, que es la lógica continuación del 99.

10:58 ¿Si ya tenemos a un presidente del Gobierno nombrado por el rey y empezando a ejercer sus funciones, va a tocar nombrar a los demás miembros del Gobierno? Un apunte personal que estamos en el artículo 100. Hemos llegado al artículo 100 para mí este artículo. Es como llegar a un pico de una montaña, o sea, ya hemos llegado aquí arriba, vale, nos ha costado subir un montón, ahora toca bajar, nos tocan todavía 69 artículos, vale, no es una bajada sencilla, pero es bajar, vale, ya empezamos a ver el final de la Constitución y allá abajo, abajo de la montaña, podemos ver el bar con el que nos vamos a tomar el bocadillo y algo fresquito, vale vehículo 100. Bien llegamos a a ese pico.

11:44 La propuesta del Presidente del Gobierno, de los miembros del Gobierno que hace el rey nombrará o Separá, separará a los demás miembros del Gobierno a propuesta del Presidente del Gobierno, o sea, que el Presidente del Gobierno elige a los suyos y el rey los nombra o en su caso los separa. Los miembros del Gobierno tienen idénticas condiciones para su elección que el Presidente del Gobierno tiene que ser español. Tienen que ser mayores de edad, disfrutar de los derechos de sufragio activo y pasivo. No está inhabilitado para ejercer cargo público por sentencia judicial firme y, además, reunir unos requisitos de idoneidad perfecto. Ahora, mientras el Gobierno está en pleno funcionamiento, si el Presidente del Gobierno o cualquiera de sus miembros cometen un delito, vale dentro de su plazo.

12:38 ¿Quién es el órgano jurisdiccional competente para enjuiciar la responsabilidad criminal de los miembros del Gobierno? Órgano jurisdiccional competente para responsabilidad criminal de los miembros del Gobierno, la sala de lo Penal, sala de lo Penal del Tribunal Supremo. ¿Y nos acordamos siempre con esto, penal supremo? Que luego los exámenes nos intentan confundir. Es la que se va a encargar de la responsabilidad criminal del Presidente y los demás miembros del Gobierno, muy relacionado también con lo que vimos en el artículo 71, que es la inviolabilidad e inmunidad parlamentarias. ¿Vale, pero se puede acusar a los miembros del Gobierno?

13:18 Sí, sí que se puede acusar a los miembros del Gobierno. ¿Quién y cómo? Pues podrán hacerlo los miembros del Congreso. Solo los miembros del Congreso, pero para ello necesitan una serie de condiciones, que es la iniciativa tiene que ser planteada por 1/4 parte de los miembros del Congreso, o sea mínimo 88 personas. Y luego se convoca en sesión secreta. Esto ya me voy al Reglamento. Luego se convoca en sesión secreta el Pleno para debate de la acusación y una votación que también será secreta. Vale para ratificar la acusación. ¿Qué se necesita para aprobarla? Aquí sí se necesita una mayoría absoluta del Congreso, o sea 176 votos o más. Si se aprueba, si conseguimos esa mayoría absoluta, entonces se comunica al Supremo para que proceda a la salario penal del Tribunal Supremo para que proceda contra esa acusación. Si no se aprueba por esa mayoría absoluta, se entiende que es rechazada la acusación y ya no pueden realizarse actuaciones contra esas personas.

14:18 ¿Vale sobre qué materias? Te pueden, imagínate que eres que eres del del Gobierno. ¿Sobre qué materias te pueden intentar acusar los miembros del Congreso? Pues materias muy chundas, por decirlo de alguna manera. Así, muy sencilla, por traición o por cualquier delito contra la seguridad del Estado en el ejercicio de tus funciones. Traición y delito contra la seguridad del Estado, ojo. ¿Se puede aplicar en estos casos el derecho de gracia del Rey? O sea, la prerrogativa del Rey la podemos aplicar aquí. Evidentemente no vale, ya lo sabes, no se puede aplicar la prerrogativa de gracia a los miembros del Gobierno que hayan sido acusados por traición o contra la seguridad del Estado.

15:06 Genial, vale, eso ha sido nombramiento y mientras están trabajando y ahora toca el cese. ¿Cuándo cesa el Gobierno, principalmente tras las elecciones generales, que serán cada 4 años, salvo los casos excepcionales, como puede ser la pérdida de la confianza parlamentaria? Prevista en la Constitución. Pérdida de confianza parlamentaria prevista en la Constitución. ¿Cuáles son esas pérdidas de confianza parlamentarias? Pues que no llega a conseguirla inicialmente, como ya hemos visto, pues esa mayoría absoluta o mayoría simple en segunda vuelta, o porque presente o plantee abiertamente una confianza parlamentaria y no consiga lo hace en medio del periodo de sesiones y no consiga mayoría simple del Congreso.

15:55 Si pide esa confianza a mitad del proceso, a mitad del del del Gobierno, del tiempo de Gobierno al Congreso de los Diputados y no consiguen mayoría simple, se entiende que el Presidente del Gobierno ha perdido la confianza de la Cámara y tiene que presentar su dimisión al rey. También el Presidente del Gobierno puede dimitir por dimisión, o sea, puede acabar el Gobierno por dimisión, pero este es un acto propio y personal del Presidente del Gobierno por motivos personales. Presenta la dimisión también podría ser por fallecimiento, vale, esto también es un acto propio y personal, que el Presidente del Gobierno creo que no puede encargárselo a nadie. ¿Y aquí también se puede mencionar otras que no está en la Constitución, como podría ser incapacidad del Presidente del Gobierno, o también podríamos hablar de la moción de censura, EH? ¿La veremos en el próximo vídeo?

16:43 La diferencia de la moción de censura con el resto de casos es que en la moción de censura no hay elecciones como tal. Los casos anteriores, ya sea por pérdida de confianza, por dimisión, por fallecimiento, por incapacidad, habrán elecciones posteriores para formar un nuevo gobierno con una nuevas cortes. Pero en la moción de censura no. En la moción de censura ya se propone un nuevo candidato a la Presidencia del Gobierno. Vale todo lo demás, o sea, los anteriores, pérdida de confianza, dimisión, fallecimiento, etcétera. Artículos 686 y 99. ¿Vale, pero qué ocurre? Con el Gobierno, durante el tiempo que está entre disolución, se ha disuelto el Gobierno vale y que se formen las nuevas cortes. ¿Qué ocurre con el Gobierno durante el tiempo, entre su distribución y las nuevas cortes para que se formen tras las elecciones?

17:38 Pues en este caso tenemos al Gobierno cesante, vale que continuará en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno y este Gobierno cesante. ¿Puede seguir actuando con normalidad el Gobierno cesante o tiene una serie de limitaciones? ¿Las tiene, vale, pero para ello hay que ir al artículo 21 de la ley del Gobierno, que nos dice que el Gobierno en funciones va a facilitar el normal desarrollo del proceso de formación hacia el nuevo gobierno normal, desarrollo, sabes? Y el traspaso de poderes. Y además limitará su gestión al despacho de los asuntos ordinarios. Vale al despacho ordinario de los asuntos públicos, salvo razones de urgencia o interés general. Cuida con esto porque eso es una puerta muy grande. Razones de urgencia o interés general en el Gobierno cesante, pero en concreto el el Presidente del Gobierno que tenemos dentro del Gobierno cuando está el Gobierno cesante, cuando ya ha ha terminado el periodo de de sesiones. Perdón, se ha disuelto el Gobierno. En concreto, tenemos una serie de funciones que no puede realizar el Presidente del Gobierno. En este caso es proponer al rey la disolución de las Cortes o de alguna Cámara.

18:55 Tampoco puede plantear la cuestión de confianza ni proponer al rey la convocatoria de referéndum. Eso es como Presidente del Gobierno dentro del Gobierno cesante. Pero el Gobierno en funciones también no podrá aprobar el proyecto de ley de Presupuestos generales del Estado ni tampoco presentar proyectos de ley. Y las delegaciones legislativas de las Cortes que hace hacia el gobierno esos encargos que hemos que dimos en el título 3, capítulo dos, pues se quedan en suspenso. ¿Bien, pues espera una pregunta que a lo mejor te puede confundir un poco, qué diferencia hay entre el Gobierno cesante y la Diputación Permanente, que también se queda de Guardia cuando las cámaras han sido disueltas o ha esperado su mandato? Y las funciones, además, entre ambas son muy parecidas. ¿Qué diferencia hay entre entre una y otra? Pues mira la respuesta sencilla y que, por supuesto, con la que nos vamos a quedar ahora mismo es que la Diputación Permanente está desde el principio con su número de miembros, con su número de mínimo de miembros, y además representa a distintos Grupos parlamentarios y el Gobierno cesante solo es de los miembros del Gobierno y durante el tiempo limitado hasta la Constitución de las nuevas cortes. Es como un gobierno interino hasta la ocupación de la plaza que sea cubierta por el nuevo.

20:10 ¿Gobierno de carrera? Vale, lo que ocurre aquí es que ambos órganos, la Diputación Permanente y el Gobierno cesante, también comparten algunos integrantes y por eso a veces se puede llegar a confundir. Como dato curioso es que el Gobierno en funciones y esto me estoy saliendo, ya me estoy yendo muy lejos. El Gobierno en funciones puede seguir dictando decretos leyes que serán convalidados o derogados por la Diputación Permanente. Y aquí te lo dejo por si quieres investigar un poquito más fin o más o menos fin al gobierno político. Y ahora nos pasamos al gobierno administración, artículo 103. Y tenemos la frase típica, la administración sirve con objetividad a los intereses generales y actúa de acuerdo con una serie de principios que seguro que te suenan un montón que son y no confundirlos, eficacia. Jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación con sometimiento Pleno a la ley y al Derecho, pero es que si nos vamos a la Ley 40 2015, que es la que trataba el Gobierno y el Gobierno, barra administración en su artículo 3 pone exactamente lo mismo, eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación con sometimiento Pleno a quien cuidado como hemos ido a ley, a Constitución, a la ley y al derecho perfecto, pues nada, además también. Hay una serie de principios que vienen regulados en la ley 40, que es como cooperación,

21:41 confianza, colaboración, legítima responsabilidad, etcétera. Pero cuidado con los principios de la Constitución, eficacia vale como capacidad para conseguir lo que la administración se propone, o sea, servir a los intereses generales. Jerarquía, dónde está integrado el órgano o unidad administrativa, dependencia y competencias. Descentralización, que todas las competencias administrativas no se encuentran en un único lugar, están repartidas de manera funcional. Desconcentración vale el traslado de competencias desde arriba hacia abajo en órganos jerárquicamente dependientes, y esto puede ser de forma funcional o territorial y coordinación.

22:25 La más útil de todas, sin menospreciar las anteriores, para conseguir una administración eficaz, un buen intercambio de información, criterios, estructura, documentación, competencia, Recursos Humanos, etcétera, hacen que la administración pública vaya montada en cohete una coordinación. Completa y maravillosa entre todas las Administraciones Públicas y además sigue la Constitución un poquito más, dicen. Los órganos de la Administración del Estado son creados, regidos y coordinados de acuerdo con la ley. Y aquí volvemos a la Ley 40 2015. ¿Por qué? Porque principalmente en su artículo 5 y siguientes para conocer vamos, nos va a dar a conocer la estructura, la competencia y las funciones, y si queremos un poquito más, perdón, competencia y funcional, vamos a pasar al artículo 54. Y siguientes que vamos a recordar, por supuesto aquí el artículo 55, que los ministros, a parte de ser parte del Gobierno Ejecutivo como poder político, son los órganos superiores de los ministerios como parte administrativa. ¿Vale, volviendo a la Constitución, apartado 3, qué nos añade la ley?

23:33 La ley de Función Pública que esté vigente en cada momento. El acceso a la Función Pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad. Y vamos a añadir aquí el principio de igualdad del artículo 23 dos, las peculiaridades del ejercicio de sindicación, lo de sindicarse libremente que teníamos en el artículo 28, salvo las fuerzas o institutos armados que estén sometidos a disciplina militar. El sistema de incompatibilidades entre puestos público, público, público, privado. Y las garantías de imparcialidad de ejercicios de las funciones, debido principalmente a esa inamovilidad de la condición de funcionario de carrera. Esto es lo que nos dice el apartado 3 del artículo 103.

24:13 Y con él ya podemos dar por terminada la explicación entre esta dualidad más o menos entre el Gobierno político y el gobierno administración, pero nos quedan una serie de artículos que completan todo lo que hemos visto. Y ahora nos podríamos pasar al artículo 106, que es el control jurisdiccional. El Gobierno. ¿Te acuerdas que tenía la potestad de crear reglamentos? Sí, verdad, la potestad reglamentaria. ¿Pero quién controla esta acción del Gobierno? ¿Quién controla la potestad reglamentaria y la legalidad de la actuación administrativa? ¿Los tribunales, EH? Es este caso concreto los juzgados y los tribunales de lo Contencioso administrativo. ¿Por qué ellos?

25:00 Porque son los que se encargan de las disposiciones generales de rango inferior a la ley, los reglamentos que hace el Gobierno, los decretos legislativos cuando excedan de los límites de su delegación, que lo vimos en el vídeo del título 3, capítulo dos y de la actuación de las Administraciones Públicas sujetas a Derecho Administrativo. Genial. Por eso se encarga la jurisdicción contencioso administrativa y además el artículo 106 nos continúa diciendo esto, los particulares, en los términos establecidos en la ley ley 39 y Ley 40, tendrán derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufren en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor y siempre que esa lesión que sufran en sus bienes y derechos sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos.

25:49 ¿De qué no se está hablando aquí la Constitución este artículo 106 dos, de qué no se está hablando? Lo sabes bien porque son frases que te aparecen hasta en sueños. Estamos hablando de la responsabilidad patrimonial, si nos vamos a la ley 40, artículo 32 y siguiente, vale, y además tenemos varios vídeos y supuestos prácticos hechos, resolviendo todo su responsabilidad patrimonial. Toma ya perfecto 106 dos, vale, ya nos va quedando menos vale. ¿Nos queda poco para acabar el vídeo? Vamos rápido. Artículo 105 nos establece una reserva de ley en 3 ámbitos bien diferenciados, 1 de ellos es la audiencia de los ciudadanos en el procedimiento de disposiciones administrativas que le se les afecte, otro es el acceso a archivos y registros administrativos, y luego tenemos el procedimiento de los actos administrativos, garantizando la audiencia al interesado cuando proceda.

26:43 Yo que te voy a decir que. Te voy a recomendar que no hay que profundizar en este caso, vale, no dentro de la Constitución, solo identificar las leyes que regulan estos aspectos, ley del Gobierno, si te toca estudiarla por ella, ley de transparencia, si le toca estudiarla por ella y ley de procedimiento administrativo, que sí o si te toca estudiarla, vale, esas son las 3:00. H, que regular ley del Gobierno, ley de transparencia, ley de procedimiento administrativo y el artículo 104. Nos encontramos con las fuerzas y cuerpos de seguridad. No confundimos las fuerzas y cuerpos de seguridad con las Fuerzas Armadas del artículo 8. Vale, cuidado, la diferencia es que aquí nos estamos. Estamos haciendo referencia a la policía, la Policía Nacional, autonómica o local. ¿Vale, por qué?

27:24 Porque la competencia estatal de policía lo tenemos regulado en el artículo 149129, pero el artículo 149129 me deja la puerta abierta para una competencia autonómica de policía que la recoge en el 148122. Y esta y estos policías tienen como omisión proteger el libre ejercicio de derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana, lo que traducimos en Seguridad Pública y las Fuerzas Armadas del artículo 8. Su misión es la soberanía e independencia de España, integridad territorial y el ordenamiento constitucional, algo que sí que comparten las Fuerzas Armadas YY la policía y los cuerpos de seguridad. La Ley Orgánica, que tanto unos como otros están regulados por Ley Orgánica.

28:06 La Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas es la ley de Defensa Nacional y la y la de fuerzas y la de y la de fuerzas y cuerpos de seguridad es la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Ya vale, nos queda solo una cosa, solo una. ¿el Supremo órgano consultivo del Gobierno quién es el Supremo órgano consultivo del Gobierno? Fíjate una coña. A mí este órgano siempre me ha parecido el típico de película de guerra de sábado por la tarde, señor. ¿el Supremo órgano consultivo del Gobierno, que es el Consejo de Estado, cree conveniente el pase a la situación de def con cuatro?

28:47 No vale, pero ni mucho menos. Lo que pasa es que para acordarme a mí me mola un montón. ¿Por qué? Porque en su Ley Orgánica podemos estudiar su composición, sus competencias, cuando es preceptivo solicitar su informe y cuando no, y cuando sus dictámenes son vinculantes y cuando no, porque inicialmente no son vinculantes, salvo que se diga lo contrario. Y además, seguro que te suena que el Consejo de Estado como tal interviene en el control de las transferencias entre el Estado y las Comunidades autónomas, que lo tenemos en el artículo 150 dos, y en la responsabilidad patrimonial que hemos visto hace un momento, cuando la cantidad reclamada es como igual o superior a €50000. ¿Pero vale, volvemos a la típica pregunta de examen que nos va a servir para cerrar este vídeo del título cuatro del Gobierno y de la administración, quién es el Supremo órgano consultivo del Gobierno?

29:45 El Consejo está, pues fin al vídeo. Como ya es costumbre, te preparo material de estudio de trabajo. Y el podcast. Y Mientras tanto, puedes repasar este título en testea cómo lo vas a repasar con eficacia. Vale un beso enorme. Nos vemos en el próximo vídeo.