Polémico borrador de decreto reduciría requisitos para ser embajador extraordinario y cónsul central
0:00 Doctor Casas, escucha, no, más bien Juan Diego, escuche atentamente desde la ciudad de Barranquilla esta perla que encontró Marcela. Es una perla impresionante por su brillo y su impacto. Adelante, Marcela. Pues Juan Pablo nos ha llegado a la W un documento que es por decirlo menos escandaloso y del cual esperamos tener alguna reacción y alguna explicación por parte de la CancillerÃa. Se trata de un borrador de decreto. del Departamento Administrativo de la Función Pública, que dice lo siguiente, por el cual se modifica el parágrafo 2 del artÃculo 2.2.2.4.10 del capÃtulo 4 del decreto 1083 de 2015, que es el decreto único reglamentario del sector de función pública. Y para poderlo entender mejor, le voy a leer cómo está hoy esa norma y luego ya le leo cuál es la propuesta de modificación. Muy atento, Juan Diego. SÃ, aquà estoy pendiente, pero por supuesto. Dice lo siguiente, señor abogado, doctor Juan Diego Alvira. Parágrafo 2. Independientemente de los requisitos señalados en el respectivo manual especÃfico, los candidatos para desempeñar los empleos de embajador extraordinario y plenipotenciario y cónsul general central podrán acreditar como requisito tÃtulo profesional en una disciplina académica, tÃtulo de posgrado en cualquier modalidad y experiencia profesional relacionada.
1:31 Y la propuesta de este borrador de decreto dice lo siguiente... En excepción a lo previsto en este artÃculo para el desempeño de los empleados de libre nombramiento y remoción de embajador extraordinario y plenipotenciario y de cónsul general central, no serán exigibles los requisitos generales de formación académica, experiencia profesional o equivalencias establecidos en el presente decreto. En estos casos bastará con ser nacional colombiano por nacimiento en ejercicio de su ciudadanÃa y tener más de 25 años. Qué barbaridad! Juan Diego. No puede ser. Tremenda perla. O sea,¿ van a acomodar ahÃ?¿ A quién? El que quiera. SÃ, es decir, hoy, para que nos centremos en cómo están los requisitos, hoy están con tÃtulo profesional en una disciplina académica, tÃtulo de posgrado en cualquier modalidad y experiencia profesional relacionada. Pero si este... borrador de decretos se convierta en realidad simplemente bastará con ser nacional colombiano por nacimiento el ejercicio de su ciudadanÃa y tener más de veinticinco años esto para los cargos empleos de libre nombramiento y remoción de embajador extraordinario y plenipotenciario y cónsul general central Pero no podrÃa pensar, por ejemplo, Juan Diego, Juliana Guerrero podrÃa ser entonces cónsul. Exacto, me lo quitó de la lengua, de la punta de la lengua. TenÃa, tenÃa ese... Mayor de veinticinco años. Mayor de veinticinco Ese ha sido el modus operandi, ¿no? En el Ministerio del Interior, en el Ministerio de la Igualdad también se modificaron,
3:04 pero en ese caso internamente los reglamentos para acomodar la cosa. Marcela, pero interesante hablar con los sindicatos o con la carrera diplomática para saber qué piensan al respecto de esta modificación que no es menor. Esto tendrÃa que llevar las firmas de la canciller, de la ministra de Relaciones Exteriores, Rosa Yolanda Villavicencio, y de la directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, que es Mariela del Socorro Barragán Beltrán. Asà que vamos a buscarlas para que nos cuenten esto, qué tan posiblemente va a volverse una realidad. Y además también, como usted bien menciona,¿ qué piensan los de la carrera diplomática y los sindicatos y demás frente a esta modificación que se pretenderÃa hacer a los requisitos para estos empleos?
RSS Feed